Las pólizas de vida suelen ofrecer en su paquete de beneficios un tipo de cobertura del que muy poca gente llega a tener real conocimiento y ese es el servicio que facilita la adquisición de medicinas
DAT.- En el mundo de los seguros hay un concepto no muy conocido por el gran público y ese es el de la cobertura de farmacia. Y es que, cuando se adquiere un seguro de vida, todos los afiliados dentro de un plan individual y familiar, y la mayoría de los afiliados con cobertura a través de su empleador (como son los seguros para empresas), tienen beneficios de farmacia.
Explica Hjalmar Jesús Gibelli Gómez que muchas personas no recuerdan este tipo de beneficios y otros lo utilizan regularmente porque ayuda a que el impacto del pago de medicinas no sea tan elevado. Para lograr disfrutar de este beneficio se debe acudir al médico del seguro para no tener que pagar el 100% del coste de los medicamentos.
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En tal sentido, esto sería la garantía que ayuda al reembolso del asegurado, que es una parte porcentual del coste de los medicamentos. En muchos casos no tiene restricciones de edad, y en el caso de tenerlos, el límite se sitúa en edades avanzadas de entre 60 y 75 años.
En casos contrarios, si el paciente presenta una condición que suele cubrir o no las aseguradoras, este debe tener una cobertura o tener un contrato por todos los miembros incluidos en el seguro de salud. Sin embargo, es importante saber que contar con ella no obliga a la aseguradora a costear todos los productos que se compren en la farmacia, sino que hay unos límites y unas especificaciones establecidas.
Hjalmar Gibelli: ¿Qué incluye la cobertura de farmacia?
Entre las limitaciones de este beneficio se encuentra que no todos los medicamentos están cubiertos por las pólizas de salud. Esto quiere decir que para que las aseguradoras reembolsen los gastos de las medicinas éstas tienen que autorizar al organismo público competente, ser necesarias para el tratamiento del asegurado y estar cubiertas por la póliza que se haya contratado.
Entre los productos farmacéuticos incluidos están:
- Los medicamentos prescritos que estén registrados con código nacional.
- Las vacunas.
- Los tratamientos de larga duración.
- Las medicinas para alergia.
- Aunque algunas aseguradoras pueden no incluir todos ellos y restringirlos a, por ejemplo, medicamentos genéricos.
(Con información de Hjalmar Jesús Gibelli Gómez)