LAS NOVEDADES REGULATORIAS ASG QUE CIERRAN 2023

Ambiente

Madrid, 10 de enero de 2024.

 

 

 

 A continuación se recogen 72 anuncios y novedades regulatorias relacionados con el sector ASG tanto a nivel mundial, latinoamericano y europeo, como a nivel nacional y autonómico, que han aparecido desde el pasado 14 de noviembre hasta finales de año. En esta ocasión, destaca el acuerdo de la COP28 que señala el “principio del fin” de la era de los combustibles fósiles. A nivel europeo, aunque se ha publicado el primer borrador de ESRS voluntario para pymes, se ha propuesto el retraso del segundo grupo de normas de información sobre sostenibilidad. Y a nivel nacional, se ha aprobado la modificación de la ley de mecenazgo. Asimismo, se facilita el acceso a herramientas disponibles gratuitamente para la búsqueda de normativa.

 

Arrancamos 2024 con un repaso de las principales novedades en materia de regulación divulgada a finales de 2023, con especial destaque del balance mundial, que se considera el resultado central de la COP28, ya que contiene todos los elementos que se estaban negociando y que ahora pueden ser utilizados por los países para desarrollar planes de acción climática más sólidos para 2025. A nivel europeo, tenemos avances en algunas materias y retrocesos en otros, mientras que a nivel español, por fin se ha aprobado la modificación de la ley de mecenazgo. Desde DIRSE te resumimos las principales novedades regulatorias para que puedas estar al día de la legislación en materia de ASG.

 

 

NOVEDADES A NIVEL INTERNACIONAL – MUNDIAL

 

13/12/23 (UNFCC) El acuerdo de la COP28 señala el “principio del fin” de la era de los combustibles fósiles

En una demostración de solidaridad mundial, las y los negociadores de casi 200 Partes se reunieron en Dubái con una decisión sobre el primer “balance mundial” del mundo para acelerar la acción climática antes del final de la década, con el objetivo general de mantener el límite del aumento de la temperatura global a menos de 1,5 °C al alcance de la mano.

“Aunque en Dubái no hemos pasado página a la era de los combustibles fósiles, este resultado es el principio del fin”, declaró Simon Stiell, Secretario Ejecutivo de ONU Cambio Climático, en su discurso de clausura. “Ahora todos los gobiernos y empresas deben convertir estos compromisos en resultados económicos reales, sin demora”.

El balance mundial se considera el resultado central de la COP28, ya que contiene todos los elementos que se estaban negociando y que ahora pueden ser utilizados por los países para desarrollar planes de acción climática más sólidos para 2025.

 

– El balance reconoce que la ciencia indica que las emisiones mundiales de gases de efecto invernadero deben reducirse un 43 por ciento para 2030, en comparación con los niveles de 2019, para limitar el calentamiento global a 1,5 ºC. Pero señala que las Partes no van por buen camino para cumplir los objetivos del Acuerdo de París.

– El balance pide a las Partes que tomen medidas para lograr, a escala mundial, triplicar la capacidad de las energías renovables y duplicar las mejoras de la eficiencia energética para 2030. La lista también incluye la aceleración de los esfuerzos hacia la eliminación progresiva de la energía del carbón sin disminuir, la eliminación progresiva de los subsidios ineficientes a los combustibles fósiles y otras medidas que impulsen la transición hacia la eliminación de los combustibles fósiles en los sistemas energéticos, de una manera justa, ordenada y equitativa, con los países desarrollados continuando a la cabeza.

– A corto plazo, se anima a las Partes a que presenten objetivos ambiciosos de reducción de emisiones para toda la economía, que abarquen todos los gases de efecto invernadero, sectores y categorías, y que estén alineados con el límite de 1,5 ºC en su próxima ronda de planes de acción climática (conocidos como contribuciones determinadas a nivel nacional) para 2025.

 

Ayudar a los países a reforzar su resiliencia ante el cambio climático. Las Partes alcanzaron un acuerdo histórico sobre la puesta en marcha del fondo de pérdidas y daños y los mecanismos de financiación: es la primera vez que se adoptaba una decisión sustantiva en el primer día de la conferencia. Los compromisos para el fondo empezaron a llegar instantes después de que se adoptara la decisión, con un total de más de 700 millones de dólares hasta la fecha.

Hubo más avances en la agenda de pérdidas y daños, con un acuerdo también alcanzado para que la Oficina de las Naciones Unidas para la Reducción del Riesgo de Desastres y la Oficina de las Naciones Unidas de Servicios para Proyectos acojan la secretaría de la Red de Santiago para Pérdidas y Daños. Esta plataforma catalizará la asistencia técnica a los países en desarrollo especialmente vulnerables a los efectos adversos del cambio climático.

Las Partes acordaron las metas del Objetivo Global de Adaptación (GGA) y su marco, que identifican dónde debe llegar el mundo para ser resiliente a los impactos de un clima cambiante y evaluar los esfuerzos de los países. El marco del GGA refleja un consenso mundial sobre los objetivos de adaptación y la necesidad de financiación, tecnología y apoyo al desarrollo de capacidades para alcanzarlos.

 

Aumentar el financiamiento para el clima. El Fondo Verde para el Clima (GCF, por sus siglas en inglés) recibió un impulso en su segunda reposición, con seis países que prometieron nueva financiación en la COP28, con lo que el total de las promesas asciende ahora a la cifra récord de 12.800 millones de USD procedentes de 31 países, y se esperan nuevas contribuciones.

Ocho gobiernos donantes anunciaron nuevos compromisos con el Fondo para los Países Menos Adelantados y el Fondo Especial para el Cambio Climático por un total de más de 174 millones de USD hasta la fecha, mientras que en la COP28 se hicieron nuevas promesas de contribuciones al Fondo de Adaptación por un total de casi 188 millones de USD hasta la fecha. Sin embargo, como se puso de relieve en el balance mundial, estas promesas financieras están muy lejos de los billones que se necesitan para apoyar a los países en desarrollo en la transición hacia energías limpias, la aplicación de sus planes climáticos nacionales y los esfuerzos de adaptación.

Para conseguir esta financiación, el balance mundial subraya la importancia de reformar la arquitectura financiera multilateral y de acelerar el establecimiento de fuentes de financiación nuevas e innovadoras. De cara a las transiciones hacia economías y sociedades descarbonizadas que se avecinan, se acordó que el programa de trabajo de mitigación, que se puso en marcha en la COP27 el año pasado, continuará hasta 2030, con la celebración de al menos dos diálogos globales cada año.

 

Participación e inclusión en el evento. Las decisiones adoptadas hoy aquí también vuelven a hacer hincapié en la importancia fundamental de capacitar a todas las partes interesadas para que participen en la acción por el clima; en particular, a través del plan de acción sobre la Acción para el Empoderamiento Climático y el Plan de Acción de Género.

 

Reforzar la colaboración entre los gobiernos y las principales partes interesadas. Paralelamente a las negociaciones formales, el Espacio de Acción Climática Global de la COP28 proporcionó una plataforma para que los gobiernos, las empresas y la sociedad civil colaboraran y mostraran sus soluciones climáticas en el mundo real.

Los Campeones de Alto Nivel, en el marco de la Alianza de Marrakech para la Acción Climática Mundial, lanzaron su hoja de ruta para la aplicación de las Soluciones Climáticas 2030. Se trata de un conjunto de soluciones, con aportaciones de un amplio abanico de partes interesadas ajenas a las Partes, sobre medidas eficaces que deben ampliarse y reproducirse para reducir a la mitad las emisiones mundiales, subsanar las deficiencias de adaptación y aumentar la resiliencia de aquí a 2030.

En la conferencia también se hicieron varios anuncios para aumentar la resiliencia de los sistemas alimentarios y de salud pública, y para reducir las emisiones relacionadas con la agricultura y el metano.

 

De cara al futuro. Las negociaciones sobre el “marco de transparencia mejorado” en la COP28 sentaron las bases para una nueva era en la aplicación del Acuerdo de París. ONU Cambio Climático está desarrollando las herramientas de notificación y revisión de la transparencia para su uso por las Partes, que se presentaron y probaron en la COP28. Las versiones finales de las herramientas de presentación de informes deberán estar disponibles para las Partes en junio de 2024.
 

 

06/12/23 (EfeVerde): 40 países piden en la COP28 incluir a las ciudades en la lucha contra la crisis climática

 

Cuarenta países acordaron el 6 de diciembre en el marco de la Cumbre del Cambio Climático de las Naciones Unidas (COP28) un plan para incorporar a los gobiernos locales en las discusiones sobre acción climática y acelerar así la preparación y respuesta de las ciudades ante la crisis climática.

Ese documento salió de la reunión de alto nivel mantenida en el seno de la COP28 que se celebra en Dubái de ministros de vivienda, ambiente, desarrollo urbano y finanzas, en la jornada dedicada a las ciudades, la infraestructura y el transporte de la reunión climática.

El acuerdo apunta a un plan para impulsar la inclusión de las ciudades “en el proceso de toma de decisiones sobre el cambio climático”, para dirigir “la acción climática en varios niveles” y para “acelerar el despliegue de financiamiento para medidas climáticas urbanas para que las ciudades estén preparadas y tengan apoyo para responder a la crisis climática”, indicó en un comunicado la presidencia de la COP28.

Según ese documento, en la actualidad, “hasta el 90 por ciento de las ciudades están amenazadas por la subida del nivel del mar y tormentas, y sus residentes están expuestos a diez grados más de temperatura que sus contrapartes en zonas rurales”.

Al Yaber añadió que en la reunión de hoy estuvieron presentes más de 450 alcaldes y gobernadores locales de todo el mundo, “cuyo conocimiento hiperlocal es crucial en dar información” a las “soluciones globales”. “Cuando hablamos de inclusión, esto es lo que queremos decir. Queremos todas las voces en la mesa”, añadió.

En el debate se reconoció que las ciudades, que acogen a la mayor parte de la población mundial, contribuyen a más del 70 % de las emisiones de CO₂, por lo que una “acción inmediata” en este sentido es necesaria para llevarlas a “saldo cero”.

También se señaló que las finanzas son el mayor cuello de botella, con “tan sólo el 21 % de la financiación climática dedicada a la adaptación y resiliencia” y “tan sólo un 10 % alcanza al nivel local”.

 

 

04/12/23 (EfeVerde): El Banco Mundial lanza en la COP28 dos plataformas para reducir las emisiones de metano

 

El Banco Mundial presentó dos nuevas plataformas para reducir las emisiones de metano a la atmósfera que contribuyen al calentamiento global en la Cumbre del Cambio Climático de las Naciones Unidas (COP28), en la ciudad emiratí de Dubái.

El organismo financiero presentó este lunes la Plataforma Mundial de Reducción del Metano para el Desarrollo (CH4D), un centro para la disminución del metano en la agricultura y los residuos, y la Asociación Mundial para la Reducción de las Quemas y el Metano (GFMR, por sus siglas en inglés), que se centra en la reducción de las fugas de metano en el sector del petróleo y el gas.

El objetivo de ambas propuestas es reforzar alianzas “para reducir significativamente las emisiones de metano en toda la cadena de valor de la energía en todo el mundo”, según un comunicado oficial, que enmarcó estas iniciativas en parte de sus esfuerzos y acciones con países como Alemania, Noruega y Estados Unidos, así como el sector privado.

Al metano es 80 veces más peligroso que el dióxido de carbono (CO2) a la hora de calentar el planeta, lo que lo convierte en uno de los principales impulsores del cambio climático, pero sin embargo, es menos conocido y la financiación para su reducción es alarmantemente baja, representa menos del 2% de la financiación mundial para el clima, según la nota.

Estas dos plataformas se suman a los 15 programas nacionales que el Banco pondrá en marcha en los próximos 18 meses con la intención de reducir hasta 10 millones de toneladas de metano y disminuir el “peligroso aumento de la temperatura global y ayudar a miles de millones de personas en primera línea del cambio climático”.

De esta forma, el organismo bancario refuerza su acción climática para rebajar las emisiones de metano, que representan alrededor del 19 % de las emisiones mundiales de gases de efecto invernadero, con la implantación también de programas nacionales para abordar las emisiones del sector de la agricultura, como en el caso del arroz, que con la tecnología adecuada podría reducirse en un 40 %. EFEverde

 

 

04/12/23 (Smartcities): Alianza para crear una plataforma de inteligencia artificial que mida el cumplimiento del Acuerdo de París

 

La Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC) y Microsoft han llegado a un acuerdo de colaboración para crear una plataforma de inteligencia artificial (IA) y un centro mundial de datos sobre el clima para medir y analizar el nivel de emisiones globales. De este modo, se simplificará el proceso de validación y análisis de los datos climáticos presentados por los 196 firmantes del Acuerdo de París.

El Acuerdo de París proporciona el marco para que todos los países del mundo reduzcan las emisiones de gases de efecto invernadero para alcanzar la limitación del calentamiento global a 1,5º C, y la tecnología avanzada contribuye a medir los progresos en este ámbito.

Así, la alianza entre la CMNUCC y Microsoft se produce en el marco de la Cumbre del Clima de Naciones Unidas de 2023 (COP28), que se está celebrando hasta el próximo 12 de diciembre en Dubái (Emiratos Árabes Unidos).

Actualmente, el proceso de incorporación y análisis de los datos sobre el carbono requiere de mucho tiempo y con frecuencia se realiza con métodos manuales. En virtud del acuerdo, Microsoft creará una plataforma para dar soporte digital al marco de transparencia mejorada de la CMNUCC.

Cuerdo para acelerar la acción climática. La nueva plataforma permitirá el análisis avanzado de datos climáticos mundiales gracias a la creación de un centro donde se alojará esa información y la puesta en marcha de una herramienta de análisis de datos impulsada por IA. La solución incluye el seguimiento del transporte, la agricultura, los procesos industriales y otras fuentes de emisiones de carbono.

Esto dotará tanto a la CMNUCC como a los Estados miembros de herramientas para informar de manera eficiente y validar el avance hacia los objetivos de reducción de carbono. También podrán planificar estrategias mediante simulaciones, puntos de referencia y evaluaciones comparativas. Estas acciones beneficiarán al medio ambiente y conllevarán ahorros en tiempo y recursos.

Asimismo, la alianza incluirá la creación de consolas de gestión globales sobre el clima para su publicación en la página web de la CMNUCC con la finalidad de aumentar la transparencia y la responsabilidad, además de contribuir a la acción por el clima.

Adicionalmente, Microsoft se ha comprometido a aportar 3 millones de dólares en dos años para facilitar la aplicación del marco de transparencia mejorada y los mecanismos de inventario mundial establecidos en el Acuerdo de París. Por último, colaborará con la CMNUCC para organizar una serie de eventos destinados a acelerar la acción climática en el Pabellón de la CMNUCC en la COP28.

 

 

03/12/23 (IOSCO): IOSCO publica un Informe de Consulta para promover la integridad y el ordenado funcionamiento de los Mercados Voluntarios de Carbono (VCM)

 

El Consejo La Organización Internacional de Comisiones de Valores (IOSCO, en inglés), que agrupa a supervisores de todo el mundo, lanzó el domingo 3 de diciembre una consulta pública (Informe de Consulta) que describe un conjunto de Buenas Prácticas para promover la integridad y el funcionamiento ordenado de los Mercados Voluntarios de Carbono (VCM).

IOSCO hace un llamado a las partes interesadas a participar en este importante y oportuno trabajo brindando sus respectivos conocimientos y experiencia en respuesta a las preguntas incluidas en el Informe de la Consulta con el objetivo de Para configurar ese “código de conducta”.

Al anunciar la publicación del Informe de Consulta en la COP28, Rodrigo Buenaventura, presidente del Grupo de Trabajo sobre Finanzas Sostenibles (STF) de IOSCO y presidente de la CNMV de España, dijo que “los VCM han ganado una importancia significativa en los últimos años. Pero, para que estos mercados tengan éxito, necesitan integridad, tanto ambiental como financiera. Creo que IOSCO y su experiencia en el mercado internacional serán clave para promover la integridad financiera y generar la confianza que estos mercados necesitan para escalar”.

Las Buenas Prácticas propuestas se basan en las Consideraciones Clave incluidas en el Documento de Discusión publicado en noviembre de 2022, los comentarios recibidos en respuesta a ese Documento de Discusión, así como el conocimiento y la supervisión de los mercados financieros de los miembros de IOSCO. Se basan en buenas prácticas y principios existentes para mercados que funcionan bien, como los Objetivos y Principios de Regulación de Valores de IOSCO (incluidos los mercados de derivados).

El proceso de consulta concluye en marzo de 2024 y tras el análisis de las respuestas se emitirá un documento con una veintena de recomendaciones dirigido a los supervisores de todo el mundo.

 

  

NOVEDADES A NIVEL INTERNACIONAL – LATAM

 

 

09/11/23 (EfeVerde): Brasil apuesta por inversiones extranjeras para un futuro sustentable en América Latina

 

Brasil, el principal destino de inversiones extranjeras en América Latina, reforzó este miércoles 8 de noviembre, la oferta de su cartera de proyectos orientados a avanzar hacia un futuro más sustentable, con la transición energética y el desarrollo de la Amazonía como claves para lograr este objetivo.

Así lo han expuesto en Brasilia las autoridades y expertos que participaron en la segunda jornada del Brasil Investment Forum (BIF), el mayor foro para la atracción de inversiones extranjeras en América Latina, que en su sexta edición reunió a 50 inversores de 14 países.

Durante el evento organizado por la Agencia Brasileña de Promoción de Exportaciones e Inversiones (ApexBrasil), junto al Gobierno y al Banco Interamericano de Desarrollo (BID), también se ha destacado la urgencia de buscar un nuevo modelo capaz de crear soluciones de impacto para la región en el marco de la bioeconomía y por medio de asociaciones entre los sectores público, privado y comunidades locales.

 

  

NOVEDADES A NIVEL INTERNACIONAL – EUROPEO

 

22/12/23 (EY): El Diario oficial de la Unión Europea publica el primer paquete de estándares europeos de sostenibilidad (Normas Europeas de Información sobre Sostenibilidad, NEIS, en su traducción al castellano)

 

El 22 diciembre 2023 se han publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea, el primer paquete de estándares de sostenibilidad, “Reglamento Delegado (UE) 2023/2772 de la Comisión, de 31 de julio de 2023, por el que se completa la Directiva 2013/34/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas de presentación de información sobre sostenibilidad”

 

22/12/23 (ISM): La UE actualiza la normativa sobre responsabilidad por productos defectuosos a la era digital y a la economía circular

 

Los negociadores de la Presidencia española de la UE y del Parlamento Europeo alcanzaron la semana pasada un acuerdo político sobre una nueva normativa europea en materia de responsabilidad por productos defectuosos. La ley actualizará las normas de responsabilidad civil vigentes desde hace décadas para tener más en cuenta que hoy en día muchos productos tienen características digitales y que la economía es cada vez más circular.

Con la nueva directiva sobre responsabilidad civil, la definición de «producto» se ampliará a los archivos de fabricación digital y al software. El software libre y de código abierto que se desarrolle o suministre al margen de una actividad comercial queda excluido del ámbito de aplicación de la directiva.

La economía digital ha dado lugar a una gran cantidad de ventas en línea. Por lo tanto, las plataformas en línea también pueden ser consideradas responsables de un producto defectuoso si presentan el producto o permiten la transacción para la venta del producto de un modo que induciría a un consumidor medio a creer que el producto es suministrado por la propia plataforma en línea o por un comerciante que actúa bajo su autoridad o control.

Economía Circular. En una economía circular, los productos se diseñan para ser más duraderos, reutilizables, reparables y mejorables. Cuando un producto se modifica sustancialmente, fuera del control del fabricante original, y se comercializa o se vuelve a poner en servicio, la nueva directiva estipula que la empresa o persona que realizó la modificación sustancial debe ser considerada responsable como fabricante del producto modificado.

El Consejo y el Parlamento también acordaron que toda persona física que sufra daños por un producto defectuoso tendrá derecho a una indemnización. Estos daños incluyen la muerte o lesiones personales, incluidos los daños a la salud psicológica reconocidos médicamente, los daños o destrucción de bienes, así como la destrucción o corrupción irreversible de datos.

El derecho a indemnización cubrirá las pérdidas materiales derivadas del daño, así como las pérdidas no materiales derivadas del daño, en la medida en que sean indemnizables con arreglo a la legislación nacional.

Debido a la creciente complejidad técnica de muchos productos, los Estados miembros deben garantizar que la persona perjudicada que reclame una indemnización ante un tribunal nacional pueda solicitar el acceso a las pruebas pertinentes de que disponga el fabricante para poder probar su reclamación.

Productos comprados a fabricantes de fuera de la UE. Los consumidores compran cada vez más productos a fabricantes establecidos fuera de la UE. Sin embargo, el nivel de protección que reciben debe seguir siendo el mismo cuando esos productos resultan defectuosos.

El acuerdo establece que cuando el fabricante de un producto o componente está establecido fuera de la UE, el importador del producto o componente defectuoso, el representante autorizado del fabricante o, en última instancia, el proveedor de servicios de cumplimiento (empresa que normalmente se encarga del almacenamiento, embalaje y envío de un producto) pueden ser considerados responsables de los daños.

Uno de los objetivos de la directiva es garantizar que los consumidores tengan una oportunidad justa de obtener una indemnización en casos complejos. Cuando un demandante (por ejemplo, el consumidor perjudicado) se enfrenta a dificultades excesivas, en particular debido a la complejidad técnica o científica del caso, para probar la defectuosidad del producto o el nexo causal entre su defectuosidad y el daño, un tribunal puede decidir que el demandante sólo esté obligado a probar la probabilidad de que el producto fuera defectuoso o que su defectuosidad sea una causa probable del daño.

El acuerdo de hoy deberá ser refrendado por los representantes de los Estados miembros en el Consejo (Coreper). Si se aprueba, el texto tendrá que pasar por el proceso formal de adopción tanto en el Consejo como en el Parlamento Europeo.

El régimen comunitario de responsabilidad por productos defectuosos se estableció para indemnizar a las personas perjudicadas por lesiones físicas o daños materiales sufridos a causa de un producto defectuoso (por ejemplo, un secador de pelo que se sobrecalienta o una lavadora con fugas), simplemente probando que el producto era defectuoso y que el defecto causó la lesión o el daño.

 

 

22/12/23 (CE): 8º Programa de Acción en materia de Medio Ambiente – Revisión intermedia

 

El 8º Programa de Acción en materia de Medio Ambiente establece los objetivos prioritarios de la UE para la política medioambiental y climática hasta 2030 y su visión a largo plazo hasta 2050 de vivir bien, dentro de los límites planetarios. La presente iniciativa evaluará los avances logrados en el logro de los objetivos prioritarios para 2030 y la visión para 2050 del programa, así como los avances logrados en el establecimiento de un marco de seguimiento sólido capaz de evaluar el cambio sistémico.

 

Plazo para comentarios: 22/12/23 – 26/01/24

Adopción prevista por la Comisión: Primer trimestre de 2024

 

 

21/12/23 (EfeVerde): Los países de la UE acuerdan regular los “rating” de sosteniblidad social y ambiental

 

Los Estados de la Unión Europea han acordado regular las agencias de calificación que ponen nota a las empresas en función de su sostenibilidad medioambiental, social y de gobernanza con el objetivo de mejorar su fiabilidad y evitar conflictos de interés.

El acuerdo fija la postura de los países para negociar a partir del próximo enero la legislación definitiva con la Eurocámara, que adoptó su propia posición negociadora la semana pasada, apenas seis meses después de que la Comisión Europea presentase la propuesta en junio.

Las nuevas normas prevén regular por primera vez la actividad de las empresas que se dedican a evaluar a una compañía o producto financiero en función de sus riesgos e impacto para la sociedad y el medio ambiente, de modo que estas calificaciones sean más transparentes y comparables e impulsar así la confianza de los inversores en los productos etiquetados como sostenibles.

El acuerdo contempla que las agencias que quieran proporcionar estos servicios en la UE tengan que recibir una autorización por parte de la Autoridad de Mercados y Valores (ESMA), que se encargará también de supervisar sus actividades y podrá llevar a cabo investigaciones e inspecciones “in situ”.

Deberán además cumplir con requisitos de transparencia, en particular en cuanto a la metodología y fuentes de información que usen para elaborar sus “rating” y estarán sujetas a medidas para evitar conflictos de interés, en particular, la separación de sus negocios de calificación, consultoría y auditoría.

Las empresas que incumplan las reglas podrían enfrentarse a multas de hasta el 10 % de su facturación anual neta y sanciones periódicas del 3 % de su facturación media diaria o del 2 % en el caso de personas naturales.

Los Estados han incluido algunas modificaciones con respecto a la propuesta de Bruselas, en particular, un régimen transitorio, temporal y voluntario por el que los pequeños proveedores de rating medioambiental, social y de gobernanza (ESG por sus siglas en inglés) y aquellos que entren en el mercado por primera vez podrán registrarse con requisitos “más ligeros” durante un periodo de tres años.

Aquellas agencias pequeñas que opten por este régimen transitorio no tendrán que pagar tasas supervisoras a la ESMA, aunque sí tendrán que cumplir con requisitos de transparencia, gobernanza y podrán ser sujetos a investigaciones, inspecciones o solicitud de información por parte del supervisor, indicó el Consejo en un comunicado.

Los países han introducido, por otra parte, la posibilidad de que los proveedores de “rating” no tengan que crear una entidad legal separada para ciertas actividades siempre y cuando haya una clara distinción entre las mismas y medidas para evitar conflictos de interés, aunque esta derogación no podrá aplicarse a las actividades de consultoría o auditoría para entidades que reciban también un “rating” ESG.

La idea detrás de la evaluación de los criterios ESG es identificar aquellas compañías con buenas prácticas para orientar a los inversores que quieran poner su dinero en empresas responsables en estos ámbitos, pero su rápido crecimiento sin regulación específica ha generado el temor de que algunas compañías estén exagerado sus credenciales en materia de sostenibilidad y llevando a cabo un “blanqueo ecológico”.

El objetivo con la nueva regulación, según explicó la Comisión Europea al presentarla, es asegurar que estas calificaciones son “independientes, objetivas y de calidad”.

 

 

19/12/2023 (CE): Normas de etiquetado de los productos textiles (revisión)

 

Esta iniciativa tiene como finalidad la revisión de la normativa de la UE en materia de etiquetado de los productos textiles mediante la introducción de requisitos exhaustivos sobre el etiquetado físico y digital de los productos textiles y los productos relacionados con estos.

A tal efecto, en ella se abordan las deficiencias de la normativa actual, así como las divergencias entre los requisitos de etiquetado de los Estados miembros.

Sus objetivos principales consisten en:

– ofrecer a los consumidores información precisa, inteligible y comparable, en particular sobre aspectos pertinentes para el medio ambiente;

– reducir los costes de cumplimiento;

– garantizar la claridad y la coherencia de la normativa.

 

Plazo para comentarios: 19/12/23 – 12/03/24

Adopción prevista por la Comisión: Cuarto trimestre de 2024

 

 

18/12/23 (EfeVerde): Los países de la UE acuerdan un enfoque común para reducir y ecologizar los envases

 

Los países de la Unión Europea acordaron este lunes una posición común con vistas a la negociación final con el Parlamento Europeo de la nueva Regulación de Envases y Residuos de Envases, que busca reducir progresivamente el volumen de embalajes en productos cotidianos.

El enfoque acordado por los ministros europeos de Medioambiente, reunidos en Bruselas abarca “todo el ciclo de vida del embalaje” y establece requisitos para garantizar que “sea seguro y sostenible, exigiendo que todo el embalaje sea reciclable y que se minimice la presencia de sustancias preocupantes”, informó el Consejo de la UE en un comunicado.

La posición defendida por los Estados miembros abarca la gestión de los envases una vez son residuos, de forma que se recoja, clasifique y recicle siguiendo “los estándares más altos”, con disposiciones que garantizan que los países tengan “suficiente flexibilidad para mantener sistemas existentes que funcionan bien”.

El objetivo es que los Estados miembros y la Eurocámara puedan acordar antes de las elecciones al Parlamento Europeo del próximo mes de junio la modernización definitiva de un expediente plagado de aspectos técnicos que ha suscitado gran interés de los grupos de presión (lobbies), pues afecta a muchos sectores y empresas, desde la comida rápida hasta los sectores del plástico, el papel, la madera o el reciclaje, y que preocupaba en particular a Italia y Finlandia.

La Comisión Europea, cuya propuesta original era más ambiciosa que las posiciones defendidas por el Consejo de la UE y por el Parlamento, urgió a buscar un “equilibrio” para cerrar un “expediente complicado”, dijo el comisario de Medio Ambiente, Virginijus Sinkevicius.

“Nadie debe aceptar ya que los residuos y los envases crezcan más que el PIB”, tras marcar un nuevo “récord” el año pasado con un incremento del 6 %.

Diseñado para reciclarse. El Consejo mantiene que la propuesta abarque todo el embalaje, independientemente del material utilizado, y todos los residuos de envases, independientemente de su origen (industria, fabricación, comercio minorista u hogares). El texto de la “orientación general” de las capitales mantiene “la mayoría de los requisitos de sostenibilidad para todo el embalaje puesto en el mercado y los objetivos principales propuestos por la Comisión” y fortalece aquellos para las sustancias “preocupantes”.

Los países piden a la Comisión que prepare un informe “antes de 2026” para determinar si hay sustancias preocupantes en los envases que puedan afectar “negativamente a la reutilización o reciclaje de materiales” o tener “un impacto en la seguridad química”. Los Estados miembros también acordaron que el embalaje se considerará reciclable “cuando esté diseñado para el reciclaje de materiales y cuando los residuos de envases puedan recogerse, clasificarse y reciclarse a gran escala”, condición que se aplicará a partir de 2035.

 

Menos envases. Los países también quieren introducir el objetivo de que los envases tengan una proporción mínima de plástico reciclado para 2030 y 2040, con una revisión intermedia a cargo del Ejecutivo comunitario en 2034. Además, se exigirá que los fabricantes e importadores reduzcan el embalaje “innecesario” con una senda del 5 % para 2030 respecto a 2018, del 10 % en 2035 y del 15 % en 2040, con revisiones por parte de la Comisión cada ocho años.

 

Reutilización. Los países adoptaron el enfoque de la Comisión para definir “el embalaje reutilizable, introduciendo un número mínimo de usos o rotaciones en su uso, con un número mínimo menor de rotaciones para el cartón debido a las diferentes características de este material”. Se proponen además objetivos para 2030 y 2040, con diferentes velocidades para electrodomésticos grandes, envases para llevar alimentos y bebidas, bebidas alcohólicas y no alcohólicas (excluyendo el vino), envases de transporte (excluyendo el embalaje utilizado para mercancías peligrosas o equipos a gran escala y embalajes flexibles en contacto directo con alimentos) y envases agrupados. El cartón queda exento de estos requisitos, según la posición de los países.

 

Botellas y latas. El enfoque de los países defiende además que para 2029 se garantice la recopilación separada de “al menos el 90 % anual de botellas de plástico de un solo uso y envases de metal para bebidas”, para lo que se establecerán sistemas de devolución de depósitos. Los Veintisiete también quieren endurecer las normas sobre el etiquetado de los envases.

 

 

18/12/23 (EfeVerde): La UE aprueba la norma “Euro 7” para reducir las emisiones de los coches a partir de 2026

 

El Parlamento Europeo y el Consejo de la UE alcanzaron este lunes un acuerdo provisional para introducir la norma “Euro 7” para rebajar las emisiones contaminantes de los coches, y en particular las generadas por los frenos y las ruedas, a partir de 2026.

En cuanto a los camiones, la nueva regulación tendrá que ser acatada a partir de 2028, fechas que se alinean con las reclamaciones de la industria pero que rebajan la ambición de la propuesta original de la Comisión Europea.

El Ejecutivo comunitario abogaba por introducir los nuevos estándares en 2025 para vehículos ligeros (turismos y furgonetas) y en 2027 para vehículos pesados (camiones y autobuses).

El texto pactado, no obstante, prevé que la normativa para turismos se aplique 30 meses después de su aprobación definitiva por el Consejo y por la Eurocámara y 48 meses después para los pesados, luego podría retrasarse más allá de 2026 y 2028 si encuentra problemas en su adopción formal.

De manera excepcional, el acuerdo contempla que los vehículos construidos por pequeños fabricantes puedan retrasar la implementación de la normativa hasta el 1 de julio de 2030 en el caso de los coches y furgonetas y hasta el 1 de julio de 2031 para autobuses y camiones.

La “Euro 7”, subrayó el Parlamento en un comunicado, introduce como gran novedad además nuevos límites de partículas para frenos y neumáticos en la evolución de una normativa comunitaria estrenada en 1992 para mitigar las emisiones de CO2 de los vehículos y la liberación de partículas contaminantes.

Esos parámetros seguirán actualizándose más allá de 2035, fecha a partir de la que no se podrán vender en la UE nuevos vehículos que emitan dióxido de carbono.

 

Tubo de escape. La nueva normativa mantendrá los mismos niveles máximos de emisiones por tubo de escape que la vigente actualmente, tanto para vehículos ligeros como para pesados.

 

Frenos, neumáticos y baterías. El gran cambio en la normativa se refiere a los límites de partículas desprendidas por frenos y neumáticos. Los coches y furgonetas podrán liberar solo 3 mg/km para vehículos eléctricos puros; 7 mg/km para la mayoría de los vehículos con motor de combustión interna, híbridos eléctricos y de pila de combustible y 11 mg/km para furgonetas con motor de combustión.

La normativa acordada también establece requisitos mínimos de rendimiento para la durabilidad de la batería en automóviles eléctricos e híbridos (80 % desde el inicio de su vida útil hasta cinco años o 100.000 kilómetros y 72 % hasta ocho años o 160.000 kms.) y para furgonetas (75 % desde el inicio de su vida útil hasta cinco años o 100.000 kms. y 67 % hasta los ocho años o 160.000 kms.)

 

Consumidores. La nueva normativa introduce un “pasaporte ambiental vehicular” que contendrá información sobre el desempeño del vehículo en el momento de su matriculación, con parámetros como sus emisiones de CO2, su consumo de combustible o electricidad, autonomía eléctrica y durabilidad de la batería.

Además, los fabricantes de automóviles tendrán que diseñar sus vehículos para evitar la manipulación de los sistemas de control de emisiones mediante la digitalización del seguimiento de los automóviles.

 

 

18/12/23 (CE): Normas de comercialización del aceite de oliva: revisión

 

Esta iniciativa tiene por objeto adaptar las normas de comercialización del aceite de oliva de la UE a los cambios recientemente adoptados en la norma comercial del Consejo Oleícola Internacional aplicable a los aceites de oliva y los aceites de orujo de oliva. Es pertinente para todas las categorías de aceite de oliva.

 

Plazo para comentarios: 18/12/23 – 15/01/24

Adopción prevista por la Comisión: Primer trimestre de 2024

 

 

18/12/23 (CE): Transparencia de las injerencias encubiertas de terceros países

 

La propuesta de reglamento tiene por objeto introducir requisitos comunes de transparencia y rendición de cuentas en relación con las injerencias encubiertas de terceros países, contribuir al correcto funcionamiento del mercado interior y proteger la esfera democrática de la UE frente a la influencia extranjera encubierta.

 

Plazo para comentarios: 18/12/23 – 27/02/24

 

 

18/12/23 (CE): Sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos: exención para el cadmio en puntos cuánticos para aplicaciones LED

 

Con arreglo a la normativa de la UE, no pueden utilizarse determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos. Las empresas pueden solicitar exenciones cuando la sustancia (aún) no pueda sustituirse. La Comisión ha evaluado tres solicitudes de exención relativas al uso de cadmio en puntos cuánticos en iluminación y pantallas LED.

Esta iniciativa propone modificar la lista de sustancias restringidas que figura en el anexo III de la Directiva 2011/65/UE.

 

Plazo para comentarios: 18/12/23 – 15/01/24

 

 

18/12/23 (CE): Reconocimiento mutuo de mercancías: evaluación

 

Con el fin de reforzar el mercado único de mercancías, el Reglamento (UE) 2019/515 tiene por objeto:

– ofrecer mayor seguridad jurídica a empresas y autoridades nacionales al utilizar el principio de reconocimiento mutuo (según el cual cualquier mercancía no armonizada que se venda en un país de la UE puede venderse en otro)

– mejorar la comunicación y la cooperación entre los usuarios y el papel de los puntos de contacto de productos

– mitigar el riesgo de que se deniegue el acceso al mercado a las empresas.

La evaluación se llevará a cabo de conformidad con el artículo 14, apartado 1, del Reglamento.

 

Plazo para comentarios: 18/12/23 – 15/01/24

Adopción prevista por la Comisión: Segundo trimestre de 2025

 

 

18/12/23 (CE): Régimen de comercio de derechos de emisión de la UE: países que se considera que aplican el CORSIA en 2023

 

Las normas de la UE sobre un régimen de comercio de derechos de emisión (la Directiva RCDE UE) aplican adecuadamente el plan de compensación y reducción del carbono (CORSIA), instaurado por la Organización de Aviación Civil Internacional para las compañías aéreas establecidas en los países de la UE y del EEE.

La Comisión debe adoptar cada año actos en los que se indiquen los Estados distintos de los países de la UE/EEE, Suiza y el Reino Unido que se considere que están aplicando el CORSIA.

Esta lista para 2023 se utilizará para calcular la compensación del CORSIA exigida a las compañías aéreas en virtud de la Directiva.

 

Plazo para comentarios: 18/12/23 – 15/01/24

Adopción prevista por la Comisión: Primer trimestre de 2024

 

14/12/2023 (UE): Debida Diligencia en materia de sostenibilidad empresarial: El Consejo y el Parlamento llegan a un acuerdo para proteger el medio ambiente y los derechos humanos 

 

El Consejo y el Parlamento Europeo han llegado hoy a un acuerdo provisional sobre la Directiva de diligencia debida sobre sostenibilidad corporativa (CSDDD), cuyo objetivo es mejorar la protección del medio ambiente y los derechos humanos en la UE y a nivel mundial. La directiva de diligencia debida establecerá obligaciones para las grandes empresas respecto de los impactos adversos reales y potenciales sobre los derechos humanos y el medio ambiente, con respecto a sus propias operaciones, las de sus filiales y las realizadas por sus socios comerciales.

El acuerdo provisional alcanzado hoy entre los dos colegisladores enmarca el ámbito de aplicación de la directiva, aclara las responsabilidades de las empresas que no la cumplan, define mejor las diferentes sanciones y completa la lista de derechos y prohibiciones que las empresas deben respetar.

Alcance de la directiva. El acuerdo fija el ámbito de aplicación de la directiva a las grandes empresas que tengan más de 500 empleados y una facturación mundial neta de 150 millones de euros. Para las empresas no pertenecientes a la UE, se aplicará si tienen un volumen de negocios neto de 150 millones de euros generado en la UE, tres años después de la entrada en vigor de la directiva. La Comisión tendrá que publicar una lista de empresas de fuera de la UE que entran dentro del ámbito de aplicación de la directiva.

Sector financiero. Según el acuerdo alcanzado hoy, el sector financiero quedará temporalmente excluido del ámbito de aplicación de la directiva, pero habrá una cláusula de revisión para una posible inclusión futura de este sector basada en una evaluación de impacto suficiente.

Cambio climático y responsabilidad civil. El compromiso alcanzado hoy refuerza las disposiciones relativas a la obligación de medios para que las grandes empresas adopten y pongan en práctica, con los mejores esfuerzos, un plan de transición para la mitigación del cambio climático.

En materia de responsabilidad civil, el acuerdo refuerza el acceso a la justicia de las personas afectadas. Establece un período de cinco años para presentar reclamaciones por parte de aquellos afectados por impactos adversos (incluidos los sindicatos u organizaciones de la sociedad civil). También limita la divulgación de pruebas, medidas cautelares y el costo del procedimiento para los demandantes.

Como último recurso, las empresas que identifiquen impactos adversos sobre el medio ambiente o los derechos humanos por parte de algunos de sus socios comerciales tendrán que poner fin a esas relaciones comerciales cuando estos impactos no puedan prevenirse ni ponerse fin.

Penalizaciones. Para las empresas que no pagan las multas que se les imponen en caso de infracción de la directiva, el acuerdo provisional incluye varias medidas cautelares y tiene en cuenta el volumen de negocios de la empresa para imponer sanciones pecuniarias (es decir, un mínimo máximo del 5% del volumen de negocios neto de la empresa). El acuerdo incluye la obligación de que las empresas lleven a cabo un compromiso significativo, incluido un diálogo y consulta con las partes interesadas afectadas, como una de las medidas del proceso de diligencia debida.

La contratación pública. El acuerdo establece que el cumplimiento del CSDDD podría calificarse como criterio para la adjudicación de contratos y concesiones públicas.

Definiciones. El acuerdo provisional aclara las obligaciones de las empresas descritas en el Anexo I, una lista de derechos y prohibiciones específicos que constituye un impacto adverso sobre los derechos humanos cuando se abusa o se viola. La lista hace referencia a instrumentos internacionales que han sido ratificados por todos los estados miembros y que establecen estándares suficientemente claros que pueden ser observados por las empresas.

El compromiso añade nuevos elementos a las obligaciones e instrumentos enumerados en el anexo en materia de derechos humanos, en particular para los grupos vulnerables y los convenios fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que pueden añadirse a la lista, mediante actos delegados, una vez que hayan sido ratificados por todos los estados miembros.

El acuerdo provisional también introduce en el anexo referencias a otras convenciones de la ONU, como el Pacto internacional de Derechos Civiles y Políticos o el Pacto internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, o la Convención sobre los Derechos del Niño. Asimismo, el compromiso aclara la naturaleza de los impactos ambientales cubiertos por esta directiva como cualquier degradación ambiental mensurable, como cambios nocivos en el suelo, contaminación del agua o del aire, emisiones nocivas o consumo excesivo de agua u otros impactos en los recursos naturales.

Próximos pasos: El acuerdo provisional alcanzado con el Parlamento Europeo ahora debe ser respaldado y adoptado formalmente por ambas instituciones.

 

 

13/12/23 (CE): Administración oral de medicamentos veterinarios: normas para garantizar un uso seguro y eficaz 

Esta iniciativa establece las normas para la administración oral, por parte de los veterinarios y los responsables de los animales, de los medicamentos veterinarios mezclados con agua, leche o piensos. Estas normas ayudarán a garantizar un uso seguro y eficaz de los medicamentos veterinarios y contribuirán a la salud pública y a la salud animal, así como a la seguridad de la cadena alimentaria y a la protección del medio ambiente.

 

Plazo para comentarios: 13/12/23 – 10/01/24

Adopción prevista por la Comisión: Primer trimestre de 2024

 

13/12/23 (CE): La Plataforma Europea de Finanzas Sostenibles publica su Taxonomy-Aligning Benchmark report para consulta

 

La Plataforma sobre Finanzas Sostenibles publicó para recibir comentarios un borrador de informe que incluye propuestas para puntos de referencia de alineación de taxonomía (TAB) de la UE.

El informe presenta dos propuestas de puntos de referencia voluntarios (TABex y TAB), con el objetivo de iniciar un discurso sobre el papel fundamental que podría asumir la taxonomía en la configuración de los puntos de referencia climáticos y ambientales. Los puntos de referencia sugeridos no descartan enfoques alternativos para aprovechar la taxonomía en el desarrollo de puntos de referencia.

Este proceso de retroalimentación no es ni una consulta oficial de la Comisión ni una posición oficial de la Comisión. Nada en este proceso de retroalimentación compromete a la Comisión ni excluye ningún posible resultado político.

 

Plazo para comentarios: 13/12/23 – 13/03/24

 

 

13/12/23 (finreg360): Las autoridades europeas de supervisión publican su propuesta para revisar las normas técnicas del reglamento de divulgación

 

Esta propuesta incorpora cambios en la declaración de las principales incidencias adversas sobre los factores de sostenibilidad y en los modelos normalizados de información precontractual y periódica para los «productos sostenibles».

Las autoridades europeas de supervisión (AES o ESA, por sus siglas inglesas) han publicado, el 4-12-2023, su informe final para modificar el reglamento delegado que desarrolla el reglamento de divulgación (SFDR, por sus siglas inglesas). La propuesta de las ESA, que se sometió a consulta pública el 12-4-2023, responde al mandato de la Comisión de revisar el reglamento delegado para ampliar y mejorar la divulgación de información.

A continuación, se incluye un resumen de las modificaciones planteadas.

1 – Indicadores de las principales incidencias adversas sobre los factores de sostenibilidad (PIAS)

– Indicadores sociales obligatorios. A petición de la Comisión, las ESA proponen ampliar la lista de indicadores clave de rendimiento del cuadro 1 del anexo I del reglamento delegado, relacionados con asuntos sociales y laborales, el respeto de los derechos humanos y la lucha contra la corrupcion y el soborno. Para ello, además de modificar dos de los indicadores de la lista actual, han incluido tres adicionales: importe de los beneficios acumulados obtenidos en jurisdicciones fiscales no cooperantes/ exposición a empresas activas en el cultivo y la producción de tabaco y empleados con un salario inferior al adecuado.

– Indicadores sociales voluntarios. Los indicadores adicionales serían: el uso excesivo de contratos temporales & el contar con pocas personas con discapacidad como parte de la plantilla.

– Otras modificaciones. También, y teniendo en cuenta los comentarios recibidos durante la consulta, las ESA han introducido modificaciones en la forma de calcular determinados indicadores de los cuadro 2 y 3 del citado anexo I. La finalidad aducida por las autoridades es la que los usuarios comprendan mejor la información y evitar duplicidades entre indicadores.

 

2 – Declaración de las principales incidencias adversas. Se proponen las siguientes modificaciones:

– Informar sobre el porcentaje de datos calculado mediante estimaciones

– Incluir los instrumentos financieros derivados en el cálculo de los indicadores de las PIAS, de forma que estas exposiciones se tengan en cuenta en el numerador.

– Considerar en el cálculo de los indicadores la cadena de valor, cuando las empresas en las que se invierte proporcionan esa información.

– Divulgar en el sitio web y en las plantillas de los “productos sostenibles” cómo se han medido estos indicadores para valorar el principio de “no causar un daños significativo”.

 

3 – Objetivos de descarbonización de los productos. Las ESA plantean modificar las plantillas de información precontractual y periódica de los productos de los artículos 8 y 9 del SFDR para incluir la información adicional sobre el objetivo de reducción de gases de efecto invernadero en los que productos que tengan esa finalidad. Así, proponen que las plantillas incorporen una sección específica en la que se informe de lo siguiente:

– en la fase precontractual, del objetivo de reducción de emisiones, las medidas para conseguirla y cómo está alineado ese objetivo con el Acuerdo de Paris; y

– cada año, de los progresos realizados y cómo ha contribuido la estrategia de inversión con el objetivo de reducción de emisiones.

 

4 – Plantillas de información precontractual y periódica. Por último, el informe presenta varias propuestas que tratan de mejorar la legibilidad de la información que se presente, la comprensión del usuario, así como facilitar la comparación entre productos. Para ello, al inicio de cada plantilla, incluye una tabla resumen con la siguiente información:

– Las características ambientales o sociales que promueve el producto y el porcentaje para cada una.

– Las inversiones sostenibles del producto y, en su caso, las que lo sean conforme a la taxonomía europea y su porcentaje.

– La indicación de si el producto considera o no las PIAS.

– La expresión de si el producto tiene un objetivo de reducción de emisiones de gases efecto invernadero.

– El enlace a la sección de sostenibilidad del producto en el sitio web.

 

Próximos pasos: La Comisión europea estudiará esta propuesta y decidirá, en el plazo de tres meses, si aprueba un nuevo reglamento delegado que modifique el actual. Este nuevo reglamento delegado también deberá ser aprobado por el Parlamento Europeo y el Consejo antes de su entrada en vigor.

 

 

12/12/23 (Construible.es): Acuerdo provisional de la UE para que los nuevos edificios sean de cero emisiones a partir de 2030

 

Los edificios representan el 36% de las emisiones de gases de efecto invernadero de la Unión Europea, por lo que reducirlas es fundamental para lograr la neutralidad climática. En este contexto, el Consejo Europeo y el Parlamento ha alcanzado un acuerdo provisional sobre una propuesta de revisión de la Directiva relativa a la eficiencia energética de los edificios, parte del paquete Fit for 55. Los principales objetivos son que los nuevos edificios sean de cero emisiones de aquí a 2030 y que todos los edificios existentes se transformen en edificios de cero emisiones de aquí a 2050.

En diciembre de 2021, la Comisión Europea presentó una propuesta de revisión de la Directiva relativa a la eficiencia energética de los edificios con el Pacto Verde Europeo, con el objetivo de descarbonizar el parque de edificios de la Unión Europea para 2050.

Se trata de una propuesta que facilitará la rehabilitación de viviendas, escuelas, hospitales, oficinas y otros edificios con el objetivo de reducir las emisiones de gases de efecto invernadero y las facturas de energía e impulsar la tasa de rehabilitación energética en toda la UE.

Los edificios nuevos serán de cero emisiones en 2030. El Consejo Europeo y el Parlamento ha acordado que, a partir de 2028, los edificios nuevos ocupados o propiedad de organismos públicos serán edificios de cero emisiones. Además, a partir de 2030, todos los edificios nuevos serán de cero emisiones.

Para los edificios residenciales, los Estados miembros tendrán que implementar medidas para garantizar una reducción en la energía primaria promedio utilizado de al menos un 16% para 2030 y al menos entre un 20 y un 22% para 2035. Los Estados miembros tendrán que renovar el 16% de los edificios no residenciales con peor rendimiento para 2030 y, para 2033, el 26% con peor rendimiento mediante requisitos mínimos de eficiencia energética.

Asimismo, los Estados miembros tendrán que garantizar que los nuevos edificios estén preparados para la energía solar, lo que significa que deben ser aptos para albergar instalaciones fotovoltaicas o solares térmicas en los tejados. La instalación de instalaciones de energía solar se convertirá en la norma en los edificios nuevos.

En los edificios públicos y no residenciales existentes será necesario instalar energía solar gradualmente, a partir de 2027, cuando sea técnica, económica y funcionalmente viable. Estas disposiciones entrarán en vigor en diferentes momentos dependiendo del tipo y tamaño del edificio.

Certificados de eficiencia energética. Los certificados de eficiencia energética (EPC) mejorados se basarán en un modelo común de la Unión Europea con criterios comunes, para informar mejor a los ciudadanos y facilitar las decisiones de financiación en toda la UE.

Para luchar contra la pobreza energética y reducir las facturas de energía, las medidas de financiación tendrán que incentivar y acompañar las renovaciones y estar dirigidas en particular a los clientes vulnerables y a los edificios de peor rendimiento, en los que vive una mayor proporción de hogares pobres en energía.

Los Estados miembros también tendrán que garantizar que existan salvaguardias para los inquilinos, para ayudar a abordar el riesgo de desalojo de hogares vulnerables causado por aumentos desproporcionados de los alquileres tras una renovación.

Eliminación de las calderas de combustibles fósiles. Los Estados miembros adoptarán medidas para descarbonizar los sistemas de calefacción y eliminar gradualmente los combustibles fósiles en calefacción y refrigeración con vistas a eliminar por completo las calderas de combustibles fósiles para 2040. A partir del 1 de enero de 2025 no se permitirán las subvenciones para la instalación de calderas autónomas alimentadas por combustibles fósiles. Los incentivos seguirán siendo posibles para los sistemas de calefacción híbridos, como los que combinan una caldera con una instalación solar térmica o una bomba de calor.

Por último, el acuerdo también impulsará la adopción de la movilidad sostenible gracias a disposiciones sobre precableado, puntos de recarga para vehículos eléctricos y plazas de aparcamiento para bicicletas.

 

 

12/12/23 (CE): Normativa sobre sustancias y mezclas químicas: actualización de las normas de la UE aplicables a los métodos de ensayo

 

La legislación de la UE sobre sustancias químicas establece controles de las sustancias químicas que pueden ser peligrosas para las personas, los animales o el medio ambiente. La normativa actual incluye una lista de métodos aprobados para el ensayo de sustancias químicas.

 

Esta iniciativa añadirá a dicha lista una serie de métodos nuevos o actualizados. Estos métodos podrían:

– reducir el número de animales necesarios para el ensayo de peligros químicos

– afinar determinadas pruebas para obtener resultados más fiables/precisos sobre los peligros químicos.

 

Plazo para comentarios: 12/12/23 – 09/01/24

 

 

11/12/23 (CE): Centros de datos en Europa: sistema de notificación

 

Este acto establece un sistema de notificación para evaluar la sostenibilidad de los centros de datos en la UE. Se deriva del texto políticamente acordado de la refundición de la Directiva de eficiencia energética (Directiva 2012/27/UE), que introduce el requisito de informar sobre el rendimiento energético y la sostenibilidad de los centros de datos.

En términos más generales, forma parte de la ambición de la UE en el marco de «Objetivo 55» de garantizar la eficiencia energética en todos los ámbitos del sistema energético y en todos los sectores pertinentes.

 

Plazo para comentarios: 11/12/23 – 08/01/24

 

 

08/12/23 (UE): Ley de Servicios Digitales: Reglamento de Ejecución

 

La Ley de Servicios Digitales faculta a la Comisión para adoptar actos de ejecución que establezcan disposiciones detalladas sobre las cuestiones señaladas en el artículo 83 de dicha Ley, en particular:

– los procedimientos previstos en los artículos 69 a 72, que regulan aspectos de las facultades de investigación y ejecución de la Comisión

– las audiencias previstas en el artículo 79

– la divulgación negociada de información prevista en el artículo 79.

El presente Reglamento de Ejecución establecerá normas sobre todas las modalidades prácticas de procedimiento previstas en el artículo 83 de la Ley de Servicios Digitales.

 

Periodo de la consulta: 08/12/23 – 05/01/24

Adopción prevista para la Comisión: primer trimestres de 2024

 

 

08/12/23 (UE): Ley de Servicios Digitales: informes de transparencia (normas detalladas y modelos)

 

Las normas de la UE sobre servicios digitales exigen que todos los prestadores de servicios intermediarios, incluidos los prestadores de plataformas en línea, publiquen un informe de transparencia sobre la moderación de contenidos en la que participen.

Esta iniciativa proporciona los modelos obligatorios para los informes de transparencia. Los modelos proporcionan orientaciones sobre la forma, el contenido y otros detalles para cumplir los requisitos de presentación de informes establecidos en la Ley de Servicios Digitales. La iniciativa también establece períodos comunes de presentación de informes.

 

Periodo de la consulta: 08/12/23 – 24/01/24

Adopción prevista para la Comisión: primer trimestres de 2024

 

 

08/12/23 (UE): Seguridad química: mejor acceso a los datos sobre sustancias químicas para las evaluaciones de la seguridad

 

Esta iniciativa tiene por objeto mejorar el acceso a los datos sobre sustancias químicas mediante la eliminación de los obstáculos técnicos y administrativos. Se basa en el principio de que los datos deben ser fáciles de encontrar, compartir y reutilizar, además de ser interoperables y seguros.

La iniciativa facilitará el acceso y la utilización de todos los datos disponibles y aumentará la transparencia. También permitirá a las autoridades de la UE y nacionales, en caso necesario, encargar ensayos y controles de sustancias químicas en el ámbito del marco reglamentario.

 

Periodo de la consulta: 08/12/23 – 03/02/24

 

 

08/12/23 (UE): Sustancias químicas: hacer el mejor uso posible de las agencias de la UE para racionalizar las evaluaciones científicas

 

El Pacto Verde Europeo tiene por objeto avanzar hacia un proceso basado en el concepto «una sustancia, una evaluación» en lo tocante a las evaluaciones de la seguridad química.

Racionalizar el trabajo científico y técnico a escala de la UE en el ámbito de las sustancias químicas, haciendo el mejor uso posible de los conocimientos especializados de las agencias competentes de la UE, contribuirá considerablemente a lograr este objetivo.

Con esta directiva se pretende:

– simplificar las actuales disposiciones relativas a las evaluaciones

– mejorar la calidad y la coherencia de las evaluaciones de seguridad en toda la legislación

– garantizar un uso más eficiente de los recursos.

 

Periodo de la consulta: 08/12/23 – 03/02/24

 

 

08/12/23 (UE): Bienestar de los animales: protección de los animales durante el transporte

 

Está previsto sustituir las normas de la UE actuales sobre el bienestar animal durante el transporte por un Reglamento nuevo que pretende mejorar el bienestar de los animales y procurar una competencia leal entre las empresas basándose en nuevas pruebas científicas.

Las nuevas medidas se centrarán, especialmente, en los aspectos siguientes:

– aptitud de los animales para el transporte

– intervalos de viaje para el suministro de agua y comida a los animales

– tiempos de viaje y períodos de descanso

– espacio disponible

– medios de transporte

– condiciones del transporte

– exportaciones a países no pertenecientes a la UE

 

El Reglamento simplificará las normas actuales y contribuirá a que exista un sistema alimentario sostenible.

Periodo de la consulta: 08/12/23 – 03/02/24

 

 

08/12/23 (UE): Bienestar de perros y gatos y su trazabilidad

 

Según un Eurobarómetro realizado en 2023, el 44 % de los ciudadanos de la Unión poseen animales de compañía y el 74 % de los ciudadanos de la Unión consideran que el bienestar de los animales de compañía debería protegerse mejor que ahora. Seis de las diez iniciativas ciudadanas europeas que han tenido éxito hasta ahora están relacionadas con el bienestar animal, lo que refleja la importancia que los ciudadanos conceden a una mejor protección de los animales en general.

En 2021, se estima que los ciudadanos de la UE poseían 72,7 millones de perros y 83,6 millones de gatos. Existe un importante comercio de perros y gatos, a través de establecimientos de cría que venden cachorros y gatitos y otros establecimientos, en particular tiendas de animales que venden perros y gatos de todas las edades. Los refugios para animales también suministran perros y gatos, ya sea vendiendo, dando en adopción o realojando a perros y gatos rescatados, callejeros o no deseados. Aunque parte de la demanda de perros y gatos la satisfacen criadores autorizados que respetan altos estándares de bienestar animal, muchos perros y gatos han sido objeto de comercio y transporte ilegales, incluso desde terceros países.

Con ocasión de la Acción Coordinada de la UE sobre el comercio ilegal de gatos se recogieron pruebas de un importante volumen de falsificaciones de documentos, información engañosa e indicios de movimientos encubiertos de perros con fines comerciales como movimientos no comerciales para beneficiarse de normas de control menos estrictas. y perros llevadas a cabo en 2022 y 2023. Durante la acción de aplicación de la UE, los Estados miembros generaron 467 notificaciones en iRASFF para buscar asistencia en casos que involucraran sospechas de actividades fraudulentas. Esta acción coordinada de la UE permitió identificar grupos de casos en los que se sospechaba que los operadores participaban en actividades fraudulentas y se iniciaron al menos 47 procedimientos judiciales en varios Estados miembros de la UE durante el período de la acción coordinada de la UE. El 45% de las notificaciones en iRASFF se referían a sospechas de actividades fraudulentas en el transporte de perros desde terceros países. La acción coordinada permitió detectar certificados sanitarios e informes de titulación de anticuerpos contra la rabia falsificados, pasaportes de animales de compañía falsificados y tráfico ilegal de perros y gatos procedentes de Rusia y Bielorrusia.

Esta cría deficiente y el comercio ilegal provocan importantes problemas para el bienestar, incluida la salud, de los perros y gatos afectados, y el bienestar del futuro propietario de la mascota.

 

Esta propuesta de reglamento pretende abordar estas cuestiones proponiendo un marco común con los siguientes objetivos:

– Garantizar unas normas mínimas comunes de bienestar animal para la cría, la tenencia y la comercialización de perros y gatos criados o mantenidos en establecimientos.

– Mejorar la trazabilidad de los perros y gatos introducidos en el mercado de la Unión o suministrados, incluso cuando se ofrecen para la venta o adopción en línea,

– Garantizar la igualdad de condiciones entre los operadores que mantienen y comercializan perros y gatos en toda la Unión.

– Promover la competencia de los cuidadores de animales,

– Complementar las normas existentes para la importación de perros y gatos.

Periodo de la consulta: 08/12/23 – 03/02/24

 

 

07/12/23 (UE): Resiliencia de las sociedades: gestionar los riesgos climáticos en la UE

 

El último informe del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático reiteró que el cambio climático provoca un aumento inevitable de los efectos físicos. Sobre la base de la evaluación científica europea del riesgo climático, la Comunicación identificará los ámbitos en los que podrían adoptarse medidas adicionales para gestionar los riesgos en la UE. El objetivo es comunicar los resultados de la evaluación del riesgo climático en la UE y garantizar que los responsables políticos puedan tomar decisiones con conocimiento de causa sobre la aceptabilidad de los riesgos y los compromisos vinculados a la mitigación de los riesgos.

 

Periodo de la consulta: 07/12/23 – 14/01/24

Adopción prevista por la Comisión: primer trimestre de 2024

 

 

06/12/23 (UE): Corrección de los programas plurianuales de pesca

 

El Parlamento Europeo y el Consejo adoptaron los Reglamentos (UE) 2016/1139, (UE) 2018/973 y (UE) 2019/472, por los que se establecen planes plurianuales para determinadas poblaciones pescadas en el mar Báltico, el mar del Norte y las aguas occidentales, así como para las pesquerías que explotan estas poblaciones («los planes plurianuales»). Los planes plurianuales son uno de los principales instrumentos para alcanzar los objetivos de la política pesquera común (PPC).

De conformidad con los principios, los objetivos y el contenido establecidos en los artículos 9 y 10 del Reglamento (UE) n.º 1380/2013 («el Reglamento PPC»), los planes plurianuales establecen objetivos y medidas para la gestión a largo plazo de determinadas poblaciones y pesquerías a nivel de cuenca marítima, incluidas salvaguardias y medidas correctoras cuando sea necesario. Además, los planes plurianuales ofrecen flexibilidad al permitir la fijación de posibilidades de pesca dentro del «intervalo de FRMS», tal como se define en el artículo 2, apartado 2, de los planes plurianuales para el mar Báltico y las aguas occidentales, y en el artículo 2, apartado 1, del plan plurianual para el mar del Norte.

Los planes plurianuales contienen una disposición idéntica en el artículo 4, apartado 6, de los planes plurianuales para el mar Báltico y el mar del Norte y en el artículo 4, apartado 7, del plan plurianual para las aguas occidentales, que establece que «[l]as posibilidades de pesca se fijarán, en todo caso, de manera que se garantice que existe menos de un 5 % de probabilidad de que la biomasa de la población reproductora caiga por debajo del Blim» («la norma del 5 %»).

Sin embargo, en determinadas circunstancias relativas al estado de una cierta población de peces y a las previsiones a corto plazo para el desarrollo de su biomasa, la aplicación de la norma del 5 % puede dar lugar a una situación que sería incompatible con las demás normas de los planes plurianuales que regulan la fijación de las posibilidades de pesca y podría tener graves repercusiones socioeconómicas.

Por una parte, la norma del 5 % puede implicar que no puedan fijarse posibilidades de pesca y que deba suspenderse la pesca dirigida. Por otra parte, las disposiciones de salvaguardia de los planes plurianuales exigen la adopción de medidas correctoras para situar la población por encima del Btrigger, sobre la base de una valoración caso por caso de la idoneidad de escoger la medida en cuestión, de conformidad con los criterios establecidos en los planes plurianuales. Además, los planes plurianuales hacen referencia a la posibilidad, y no a la obligación, de suspender la pesca dirigida, siempre que dicha medida se considere adecuada de conformidad con los criterios establecidos en los planes plurianuales.

Por estas razones, procede, por tanto, suprimir la norma del 5 % en los planes plurianuales.

 

Periodo de la consulta: 06/12/23 – 31/01/24

 

 

06/12/23 (UE): Reserva de talentos de la UE – Propuesta de Reglamento

 

El compromiso de crear una reserva de talentos de la UE se planteó por primera vez en el Nuevo Pacto sobre Migración y Asilo, y la idea se desarrolló en el marco del paquete sobre capacidades y talentos de 2022.

Esta iniciativa tiene por objeto crear la primera herramienta que permita conectar la oferta y la demanda de empleo a escala de la UE para facilitar la contratación internacional, a fin de:

– aumentar el atractivo de la UE para los trabajadores cualificados de terceros países

– ayudar a los empleadores a encontrar el talento que necesitan.

La puesta en marcha de una reserva de talentos de la UE sería especialmente pertinente para el Año Europeo de las Competencias 2023.

 

Periodo de la consulta: 06/12/23 – 31/01/24

 

 

06/12/23 (Parlamento Europeo): Ley de IA de la UE: primera normativa sobre inteligencia artificial

 

Como parte de su estrategia digital, la UE quiere regular la inteligencia artificial (IA) para garantizar mejores condiciones de desarrollo y uso de esta tecnología innovadora. La IA puede aportar muchos beneficios, como lo son una mejor asistencia sanitaria, un transporte más seguro y limpio, una fabricación más eficiente y una energía más barata y sostenible.

En abril de 2021, la Comisión propuso el primer marco regulador de la UE para la IA. Propone que los sistemas de IA que puedan utilizarse en distintas aplicaciones se analicen y clasifiquen según el riesgo que supongan para los usuarios. Los distintos niveles de peligro implicarán una mayor o menor regulación. Una vez aprobadas, serán las primeras normas del mundo sobre IA.

Qué no puede faltar según el Parlamento en la legislación sobre IA. La prioridad del Parlamento es garantizar que los sistemas de IA utilizados en la UE sean seguros, transparentes, trazables, no discriminatorios y respetuosos con el medio ambiente. Los sistemas de IA deben ser supervisados por personas, en lugar de por la automatización, para evitar resultados perjudiciales. El Parlamento también quiere establecer una definición uniforme y tecnológicamente neutra de la IA que pueda aplicarse a futuros sistemas de IA.

Ley de IA: normas diferentes para niveles diferentes de riesgo. La nueva normativa establece obligaciones para proveedores y usuarios en función del nivel de riesgo de la IA. Aunque muchos sistemas de IA plantean un riesgo mínimo, es necesario evaluarlos todos.

Riesgo inaceptable. Los sistemas de IA de riesgo inaceptable son los que se consideran una amenaza para las personas y serán prohibidos. Incluyen:

– manipulación cognitiva del comportamiento de personas o grupos vulnerables específicos: por ejemplo, juguetes activados por voz que fomentan comportamientos peligrosos en los niños

– puntuación social: clasificación de personas en función de su comportamiento, estatus socioeconómico o características personales

– sistemas de identificación biométrica en tiempo real y a distancia, como el reconocimiento facial.

Aunque existen algunas excepciones a esta calificación. Por ejemplo, los sistemas de identificación biométrica a distancia a posteriori, en los que la identificación se produce tras un retraso significativo, se permitirán para perseguir delitos graves y sólo cuando haya previa aprobación judicial.

Alto riesgo. Los sistemas de IA que afecten negativamente a la seguridad o a los derechos fundamentales se considerarán de alto riesgo y se dividirán en dos categorías.

1 – Los sistemas de IA que se utilicen en productos sujetos a la legislación de la UE sobre seguridad de los productos. Esto incluye juguetes, aviación, automóviles, dispositivos médicos y ascensores.

2 – Los sistemas de IA pertenecientes a ocho ámbitos específicos que deberán registrarse en una base de datos de la UE:

– identificación biométrica y categorización de personas físicas

– gestión y explotación de infraestructuras críticas

– educación y formación profesional

– empleo, gestión de trabajadores y acceso al autoempleo

– acceso y disfrute de servicios privados esenciales y servicios y prestaciones públicas

– aplicación de la ley

– gestión de la migración, el asilo y el control de fronteras

– asistencia en la interpretación jurídica y aplicación de la ley.

Todos los sistemas de IA de alto riesgo serán evaluados antes de su comercialización y a lo largo de su ciclo de vida.

 

IA generative. La IA generativa, como ChatGPT, tendría que cumplir requisitos de transparencia:

– revelar que el contenido ha sido generado por IA

– diseñar el modelo para evitar que genere contenidos ilegales

– publicar resúmenes de los datos protegidos por derechos de autor utilizados para el entrenamiento

Riesgo limitado. Los sistemas de IA de riesgo limitado deben cumplir unos requisitos mínimos de transparencia que permitan a los usuarios tomar decisiones con conocimiento de causa. Tras interactuar con las aplicaciones, el usuario puede decidir si desea seguir utilizándolas. Los usuarios deben ser conscientes de cuándo están interactuando con la IA. Esto incluye los sistemas de IA que generan o manipulan contenidos de imagen, audio o vídeo (por ejemplo, deepfakes).

 

Próximos pasos. El 14 de junio de 2023, los eurodiputados adoptaron su posición negociadora sobre la ley de IA. Ahora comenzarán las conversaciones sobre la forma final de la ley en el Consejo, junto a los países de la UE. El objetivo es alcanzar un acuerdo a finales de este año.

 

 

05/12/23 (UE): Régimen de comercio de derechos de emisión de la UE (RCDE UE): actualización de las normas de asignación gratuita

 

En el contexto del paquete de medidas «Objetivo 55», se ha revisado la Directiva RCDE UE para adaptarla a la nueva meta fijada en la Ley Europea del Clima de reducir las emisiones netas de gases de efecto invernadero un 55 % (respecto de los niveles de 1990) de aquí a 2030. Como consecuencia de esta revisión, la Comisión Europea debe actualizar diversos actos reglamentarios para la aplicación del RCDE. La iniciativa actualiza las normas de asignación gratuita.

 

Periodo de la consulta: 05/12/23 – 02/01/24

 

 

05/12/23 (finreg360): La Unión Europea ya cuenta con un estándar de bonos verdes

 

El reglamento de los bonos verdes europeos es una pieza clave en el Plan de Finanzas Sostenibles de la Comisión, puesto que los ingresos procedentes de estos bonos han de dirigirse a actividades alineadas con la taxonomía europea. Se trata de una norma de uso voluntario para los emisores públicos y privados de bonos que quieran utilizar la denominación “bono verde europeo” (o EuGB, por sus siglas en inglés).

El reglamento de bonos verdes europeos, promulgado en el Diario Oficial de la Unión Europea, el 30/11/23, tras su aprobación por el Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea, entra en vigor a los 20 días de su publicación, aunque no será aplicable hasta el 21 de diciembre de 2024.

 

 

04/12/23 (UE): Los países de la UE pactan que tirar basura desde un barco sea tratado como vertido ilegal

 

Los países de la Unión Europea (UE) cerraron un acuerdo el 4 de diciembre para endurecer la normativa que regula a nivel comunitario la contaminación emitida por los barcos dedicados al transporte marítimo, y acordaron, entre otras cosas, que tirar basura desde un buque sea considerado un vertido ilegal.

El Consejo de la UE, el organismo que representa a los Gobiernos de cada país de la Unión, pactó ampliar el ámbito de aplicación de la Directiva europea que regula la contaminación de los buques, en un encuentro entre los ministros de Transportes de los Veintisiete.

Aparte de incluir el lanzamiento de basura, también acordaron tipificar como vertido ilegal el lanzamiento de sustancias nocivas envasadas, aguas residuales y residuos, además de establecer “un marco jurídico reforzado” para sancionar estas prácticas.

Sin embargo, los países acordaron que, en virtud de esta nueva Directiva, solo puedan imponerse sanciones administrativas a quienes incumplan sus disposiciones, reservando así la justicia de cada país miembro la capacidad de intervenir penalmente.

En un comunicado, el Consejo de la UE subrayó que, con su acuerdo, los países de la UE también han “flexibilizado” las obligaciones de que los Estados adquirirán para verificar y notificar incidentes por vertidos ilegales o de contaminación.

Según los Veintisiete, estos cambios quieren “evitar imponer una carga administrativa excesiva y reconocer las diversas situaciones de los Estados miembros en términos de ubicación geográfica, recursos y capacidades”.

 

Directiva sobre contaminación de buques. Con este acuerdo, el Consejo de la UE fija su posición para terminar de negociar con el Parlamento Europeo el texto definitivo de la futura Directiva sobre contaminación de buques, que fue presentada esta primavera por la Comisión Europea, el brazo ejecutivo de la UE.

Más allá de esta normativa, los ministros de Transportes de los Veintisiete también fijaron la posición común del Consejo de la UE para negociar con la Eurocámara la reforma de otras tres Directivas vinculadas al transporte marítimo, que también propuso la Comisión Europea.

Se trata de la Directiva sobre investigación de accidentes en el sector del transporte marítimo, la Directiva sobre el control del Estado del pabellón (es decir, el país al que está registrado un buque) y la Directiva sobre el control del Estado rector del puerto (que regula las condiciones en las que los países de la UE deben gestionar sus puertos).

En esta última normativa, los países de la UE acordaron “alinear” la Directiva europea “con las normas y procedimientos internacionales”, además de garantizar “la protección a los buques pesqueros, sus tripulaciones y el medioambiente”.

Por lo que respecta a la Directiva sobre el control de los Estados de pabellón, los países de la UE pactaron el establecimiento de “inspecciones adecuadas de los buques con pabellón y supervisar la supervisión de las organizaciones reconocidas que trabajan en nombre del Estado del pabellón”.

Sin embargo, el Consejo de la UE limitó el alcance de la Directiva a los buques con certificados internacionales y que realicen viajes internacionales, según explicó la institución, modificando así la propuesta original de la Comisión Europea.

En el acuerdo alcanzado para la Directiva sobre investigación de accidentes, los ministros de Transportes acordaron ampliar el alcance de la norma para incluir a los buques pesqueros más pequeños, con el objetivo de “mejorar” su seguridad.

La futura legislación en esta materia pretende simplificar y aclarar las definiciones y las condiciones para que los organismos de cada país de la UE encargados de investigar accidentes marítimos puedan hacerlo de forma armonizada en el conjunto del club comunitario.

 

 

04/12/23 (UE): Viajes: una mejor protección de los pasajeros y de sus derechos – Propuesta de Reglamento

 

Una movilidad justa también pasa por proteger a los pasajeros y sus derechos, tal como se destaca en la Estrategia de Movilidad Sostenible e Inteligente de la Comisión (acciones 63 y 64).

La Comisión revisará el marco reglamentario de los derechos de los pasajeros, en particular para garantizar su resiliencia frente a interrupciones extensas de los viajes, y para incluir opciones para billetes multimodales. Evaluará las opciones disponibles y, si procede, propondrá un régimen de protección financiera adecuado para salvaguardar a los pasajeros frente al riesgo de crisis de liquidez o insolvencia por lo que respecta al reembolso de billetes y, de ser necesario, su repatriación.

 

Periodo de la consulta: 04/12/23 – 31/01/24

 

 

04/12/23 (UE): Viajes combinados: revisión de las normas de la UE

 

Tal como anunció en su Nueva Agenda del Consumidor de noviembre de 2020 y basándose en el informe de 2021 relativo a la Directiva sobre los viajes combinados, la Comisión examinará con mayor profundidad, de aquí a 2022, si las normas actuales de la UE logran una protección sólida y completa de los consumidores en todo momento. El examen abarcará las normas que rigen la protección contra la insolvencia y tendrá en cuenta las medidas pertinentes anunciadas en la Estrategia de Movilidad Sostenible e Inteligente para proteger los derechos de los pasajeros.

 

Periodo de la consulta: 04/12/23 – 31/01/24

 

 

04/12/23 (UE): Modificación de la excepción temporal a determinadas disposiciones de la Directiva 2002/58/CE para combatir el abuso sexual infantil en línea.

 

El Reglamento (UE) 2021/1232 (“Reglamento provisional”)1 establece normas temporales y estrictamente limitadas que establecen excepciones a determinadas obligaciones establecidas en la Directiva 2002/58/CE (“la Directiva ePrivacy”), con el único objetivo de permitir a los proveedores de ciertos servicios de comunicaciones interpersonales independientes del número para utilizar tecnologías específicas para el procesamiento de datos personales y de otro tipo en la medida estrictamente necesaria para detectar abuso sexual infantil en línea en sus servicios e informarlo y eliminar material de abuso sexual infantil en línea de sus servicios.

Como se explica en su considerando 10, el Reglamento provisional pretende proporcionar una solución temporal en espera de la adopción de un marco jurídico a largo plazo para abordar el abuso sexual infantil a nivel de la Unión. Según su artículo 10, párrafo segundo, el Reglamento provisional expirará el 3 de agosto de 2024.

La propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen normas para prevenir y combatir el abuso sexual infantil, que la Comisión adoptó el 11 de mayo de 2022, tiene como objetivo proporcionar ese marco jurídico a largo plazo.

Las negociaciones interinstitucionales sobre la propuesta de Reglamento a largo plazo no han concluido y no es seguro que concluyan para que el Reglamento a largo plazo entre en vigor y se aplique antes de que expire el Reglamento provisional. Por lo tanto, es necesario introducir a través de esta propuesta una extensión temporal limitada del Reglamento provisional, para permitir la continuación de las actividades voluntarias antes mencionadas durante un período de tiempo suficiente para permitir que concluyan las negociaciones interinstitucionales del Reglamento a largo plazo. Esto garantizará que el abuso sexual infantil en línea pueda combatirse de manera efectiva y legal sin interrupciones hasta que se acuerde el régimen a largo plazo creado por el Reglamento propuesto.

 

Periodo de la consulta: 04/12/23 – 31/01/24

 

 

04/12/23 (UE): Contaminantes orgánicos persistentes: límites y exenciones del PFOS – Reglamento delegado

 

El Reglamento (UE) 2019/1021 aplica los compromisos de la UE en virtud del Convenio de Estocolmo sobre contaminantes orgánicos persistentes. El ácido perfluorooctano sulfónico (PFOS) y sus derivados figuran en el anexo I del Reglamento (UE) 2019/1021. Esta medida reducirá la concentración máxima de PFOS permitida como contaminante en trazas no intencionales en sustancias, mezclas y artículos y eliminará la última exención específica permitida en la UE, puesto que ya no es necesaria.

 

Periodo de la consulta: 04/12/23 – 01/01/24

 

 

01/12/23 (UE): La protección de las aguas contra la contaminación causada por nitratos de origen agrícola – Evaluación

 

Las normas de la UE sobre nitratos protegen la calidad del agua reduciendo y previniendo la contaminación causada por los nitratos procedentes de la agricultura. La calidad del agua ha mejorado en la UE, pero la contaminación por nitratos todavía puede ser un problema grave. Esta evaluación evaluará qué tan bien han funcionado estas reglas y si todavía son adecuadas para su propósito a la luz de las ambiciones ambientales y climáticas de la UE, una agricultura sostenible y resiliente y la seguridad alimentaria.

 

Periodo de la consulta: 01/12/23 – 08/03/24

Adopción por la Comisión: Primer trimestre 2025

 

 

30/11/23 (UE): Revisión de la definición de nanomaterial artificial en alimentos – Proyecto de Acto

 

El término “nano” es el término que se utiliza para describir aquellos materiales que tienen al menos una dimensión externa que mide 100 nanómetros (1 nanómetro = 1 milmillonésima parte de un metro). A modo de ejemplo, un cabello humano tiene aproximadamente entre 80.000 y 100.000 nanómetros (nm.).

Los nanomateriales pueden ocurrir en la naturaleza, pueden ser un producto incidental de la actividad humana o pueden fabricarse y diseñarse deliberadamente para exhibir características novedosas, como mayor resistencia, reactividad química o conductividad, en comparación con el mismo material sin características a nanoescala.

El hecho de que los nanomateriales puedan exhibir características diferentes a sus formas no nano convencionales también puede ser indicativo de un comportamiento diferente en los sistemas biológicos que conduce a diferentes perfiles de peligro y riesgos resultantes para la salud humana y el medio ambiente.

Como resultado, la Unión Europea ha implementado regulaciones para definir adecuadamente los nanomateriales y evaluar cualquier riesgo para la salud y el medio ambiente que pueda resultar de su uso en diversas aplicaciones. Además, los organismos y agencias de evaluación de riesgos de la Unión Europea han desarrollado directrices para la evaluación de riesgos de nanomateriales.

La Recomendación de la Comisión C(2022)3689 proporciona una definición general de nanomateriales que revisó y reemplazó la definición de nanomaterial anterior de la Recomendación de la Comisión 2011/696/UE.

 

Periodo de la consulta: 30/11/23 – 28/12/23

 

 

30/11/23 (UE): Reducción de las disparidades en la UE: 9.º informe sobre la cohesión económica, social y territorial

 

Este informe de la Comisión evaluará los avances en la reducción de las disparidades económicas, sociales y regionales en la UE y la manera en que las políticas nacionales y de la UE han contribuido a lograrlo.

 

Periodo de la consulta: 30/11/23 – 28/12/23

Adopción por la Comisión: Primer trimestre 2024

 

 

30/11/23 (finreg): Publicación del Acto Delegado  medioambiental y el Acto Delegado climático modificado para la taxonomía ambiental

 

La Comisión Europea ha emtido dos reglamentos delegados publicados en el Diario Oficial de la Unión Europea el pasado 21 de noviembre de 2023, que desarrollan nuevos criterios de técnicos para considerar que una actividad está alineada con el reglamento de la taxonomía.

El Reglamento Delegado (UE) 2023/2486, para la contribución a los objetivos no climáticos (ver). Este reglamento desarrolla los criterios técnicos de selección para considerar que una actividad económica contribuye de forma substancial a alguno de los objetivos no climáticos de la taxonomía y no causa un perjuicio significativo en ninguno de ellos.

Estos objetivos son: (a) uso sostenible y protección de los recursos hídricos y marinos, (b) transición hacia una economía circular, (c) prevención y control de la contaminación, y (d) protección y recuperación de la biodiversidad y de los ecosistemas

El Reglamento Delegado (UE) 2023/2485, para la mitigación y adaptación al cambio climático (ver). Este reglamento delegado amplía los criterios técnicos de selección de los objetivos: (a) mitigación del cambio climático y (b) adaptación al cambio climático.

Su finalidad es extender el alcance de las actividades elegibles conforme a la taxonomía, de forma que incluyan también los sectores de transporte y de la industria manufacturera.

La Comisión Europea adoptó oficialmente estos Actos Delegados de Taxonomía de la UE en junio y desde entonces han estado sujetos a un período de escrutinio.

Estos Actos Delegados forman parte del paquete de finanzas sostenibles de la UE de 2023 y su publicación representa un hito importante en el avance del dicho paquete.

 

 

29/11/23 (La Información – Cepsa): Bruselas propone multar a empresas que incumplan con la reducción de emisiones

 

Nuevo paso de la Unión Europea hacia la transición ‘verde’. El Consejo Europeo y el Parlamento Europeo han pactado durante la madrugada del miércoles 29 la revisión de la directiva de emisiones industriales. Reclaman a los estados miembro la inclusión para las infracciones más graves, multas de al menos un 3% del volumen de negocios anual del operador de la Unión Europea.

El documento pide a los países europeos que establezcan sanciones proporcionadas, efectivas y disuasorias para aquellos que infrinjan las medidas adoptadas para aplicar la directiva y que deberán tener en cuenta la gravedad y la duración de la infracción, si fue recurrente y las personas y el medio ambiente a los que afectó. 

Garantizar el derecho a reclamar indemnizaciones. Por otra parte, deben garantizar que las personas tengan derecho a reclamar una indemnización cuando se hayan producido daños a su salud como resultado de una violación de las normas nacionales que transponen la directiva. El pacto, que tiene que ser refrendado formalmente por parte de ambas instituciones, tiene como objetivo ofrecer una mejor protección de la salud humana y el medio ambiente reduciendo las emisiones nocivas de las instalaciones industriales, incluidas las explotaciones ganaderas intensivas, al aire, el agua y el suelo y a través de los vertidos de residuos. 

Concepto de valores límite de desempeño ambiental. Los colegisladores han introducido el concepto de valores límite de desempeño ambiental (EPLV, por sus siglas en inglés), que serán fijados por las autoridades competentes en el permiso para autorizar el establecimiento y funcionamiento de las instalaciones y cuyos rangos serán vinculantes para todos los recursos energéticos, a excepción del agua.

En el documento provisional se ajusta determinados umbrales agrícolas para la cría de animales que se sitúan en 350 unidades para los cerdos; 280 para las aves de corral (300 para las gallinas ponedoras) y 380 cabezas de ganado para las explotaciones mixtas, mientras que quedan excluidas del ámbito de aplicación de la directiva las explotaciones extensivas y la cría de animales para uso doméstico, como reclamaban países como España.

Sobre las distintas actividades. Las nuevas reglas se aplicarán de forma progresiva, comenzando en 2030 con las explotaciones más grandes. También incluye las actividades mineras en el ámbito de aplicación de la directiva, cubriendo la extracción y el tratamiento de minerales no energéticos producidos a escala industrial, como el hierro, el cobre, el oro, el níquel y el platino. Sujeto a una revisión y una propuesta legislativa de la Comisión, el ámbito de aplicación también podrá ampliarse a los minerales industriales.

Los colegisladores han fijado la fecha de 2028 y, posteriormente cada cinco años, para que la Comisión revise la implementación de la directiva, una evaluación debe tener en cuenta las técnicas emergentes y la necesidad de medidas adicionales de prevención de la contaminación o requisitos de límites mínimos de emisiones a escala de la Unión Europea. De cara al año 2026, el Ejecutivo comunitario deberá evaluar la mejor manera de abordar las emisiones generadas por la ganadería y los productos agrícolas comercializados en el mercado europeo.

 

 

28/11/23 (El periódico): El Europarlamento tumba la propuesta de recortar un 50% el uso de pesticidas

 

Duro varapalo a uno de los pilares de la agenda verde europea. La tan anunciada reducción del 50% de pesticidas en la UE para preservar la salud de los ciudadanos ha obtenido el rechazo del Parlamento Europeo, que hace pocos días sometió a debate la propuesta. La ley recibió 299 votos en contra frente a 207 a favor, mientras que 121 eurodiputados se abstuvieron.

La iniciativa legislativa original de la Comisión Europea, presentada en junio del año pasado, planteaba objetivos legalmente vinculantes a nivel nacional y de la UE para reducir en un 50 % el uso y el riesgo de los plaguicidas químicos y el uso de los plaguicidas más peligrosos para 2030.

Según el plan de la CE, los Estados miembros establecerían sus propios objetivos nacionales de reducción dentro de parámetros para garantizar que se alcancen los objetivos a escala de la UE. Sin embargo, la propuesta ha tenido una tramitación parlamentaria complicada por las diferencias entre los partidos de izquierda y derecha, y por los distintos puntos de vista de las comisiones de Medio Ambiente y Agricultura de la Eurocámara.

Mientras que la comisión de Medio Ambiente apostaba por unos objetivos ambiciosos para disminuir el uso de pesticidas y ponía el acento en la protección de la naturaleza y la salud, la comisión de Agricultura apuntaba al impacto que la ley podría tener en la seguridad alimentaria.

Los eurodiputados de la comisión de Agricultura alertaban de que aún no hay suficientes alternativas a los plaguicidas químicos En el Consejo de la UE (los Estados miembros), colegislador del club comunitario junto a la Eurocámara, la tramitación tampoco ha quedado libre de sobresaltos. La derrota de esta propuesta obligará ahora a empezar prácticamente desde cero. En una rueda de prensa tras la votación, Wiener afirmó que el proyecto legislativo está “muerto” en la legislatura europea actual y consideró “muy improbable” que salga adelante antes de las elecciones a la Eurocámara de 2024.

 

 

28/11/23 (EfeVerde): La UE acuerda el marco legal del mercado comunitario del hidrógeno

 

El Parlamento Europeo y el Consejo de la UE han alcanzado un acuerdo político para armonizar la normativa del futuro mercado del hidrógeno y los gases bajos en carbono, con los que la Unión Europea busca ir sustituyendo un hidrocarburo fósil como el gas natural.

El pacto, en concreto, prevé una división entre los operadores de redes de transporte (TSO, por sus siglas en inglés) y los operadores de redes de distribución (DSO) para el hidrógeno, que en principio no podrán formar parte de la misma empresa aunque las capitales podrán conceder excepciones “basándose en un análisis coste-beneficio disponible públicamente”.

Contempla también las condiciones en las que podrá desconectare a los clientes, con el objetivo de protegerles “del futuro desmantelamiento de la red de gas o su reconversión al hidrógeno” e incluye provisiones para informar con suficiente antelación.

También se detiene en “las necesidades específicas” de los consumidores vulnerables, si bien serán los Estados miembros los que decidan cómo protegerles y apoyarlos.

El acuerdo provisional también prevé mayor coordinación entre los planes de desarrollo de redes de hidrógeno, electricidad y gas natural, bajo la premisa de fomentar la eficiencia energética y priorizar el uso del hidrógeno en sectores difíciles de electrificar.

 

 

28/11/23 (UE): Contaminantes orgánicos persistentes (COP): hexabromociclododecano (HBCDD)

 

El objetivo de la Comisión es proteger la salud humana y el medio ambiente eliminando o restringiendo la producción y el uso de COP, tal como se definen en el Convenio de Estocolmo.

Este acto se refiere al HBCDD [incluido en el anexo I del Reglamento (UE) 2019/1021]. Modifica el valor límite para la presencia de HBCDD como contaminante en trazas no intencionales en sustancias, mezclas y artículos.

Esta iniciativa evaluará el rendimiento del Programa durante el período 2021-2023.

 

Periodo de la consulta: 28/11/23 – 26/12/23

 

 

28/11/23 (UE): Protección de los trabajadores frente a los riesgos relacionados con la exposición a sustancias carcinógenas, mutágenas o tóxicas para la reproducción en el trabajo

Este acto adoptado está abierto a comentarios durante 8 semana(s). La Comisión Europea resumirá todos los comentarios recibidos y los remitirá al Parlamento Europeo y al Consejo para alimentar el debate legislativo. Los comentarios recibidos se publicarán en esta web y, por lo tanto, deben ajustarse a las normas.

 

Periodo de la consulta: 28/11/23 – 22/01/24

 

 

28/11/23 (UE): Bosques de la UE: nuevo marco de vigilancia forestal y planes estratégicos de la UE

 

El objetivo de esta iniciativa es desarrollar un marco de observación forestal a escala de la UE que ofrezca un acceso abierto a información detallada, precisa, regular y oportuna sobre el estado de los bosques de la UE y su gestión, así como sobre los numerosos productos y servicios ecosistémicos que ofrecen los bosques.

Esta información dará lugar a una toma de decisiones más basada en los datos sobre los bosques. Se espera que aumente la confianza pública en la gestión forestal, reduzca la tala ilegal, incentive y recompense una gestión forestal más sostenible y apoye la adaptación de los bosques al cambio climático.

 

Periodo de la consulta: 28/11/23 – 24/01/24

 

 

24/11/23 (Construible.es): Aprobadas las conclusiones del Consejo Europeo para alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible

 

El Consejo Europeo ha aprobado unas conclusiones sobre una transición social, ecológica y digital. En ellas, se reafirma la adhesión de la Unión Europea y sus Estados miembros con la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible y sus 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) como una hoja de ruta colectiva, universal e indivisible. Según algunas conclusiones, actualmente el desarrollo sostenible se ve obstaculizado por el cambio climático y la crisis ecológica, así como por conflictos como la pandemia de COVID-19 y la guerra en Ucrania.

Entre las conclusiones, el Consejo de Asuntos Exteriores, en su configuración de Desarrollo, destaca el liderazgo de la Unión Europea y sus Estados miembros en la aplicación coherente, global y efectiva de las tres dimensiones de la Agenda 2030 (económica, social y medioambiental).

 

Transición ecológica y digital para alcanzar los ODS 

– El Consejo Europeo reconoce que, en el marco propuesto por la Agenda 2030, las transiciones ecológica y digital deben fomentar los cambios estructurales necesarios para alcanzar los ODS y los objetivos del Acuerdo de París sobre el Cambio Climático y el Marco Mundial de Biodiversidad de Kunming-Montreal.

– Estas transiciones y sus interrelaciones pueden crear conjuntamente modelos de consumo y producción internacionales sostenibles, justos, inclusivos y competitivos que estén más centrados en las personas, sean más eficientes en el uso de los recursos y más respetuosos con el medio ambiente, al promover una economía circular y soluciones basadas en la naturaleza e impulsar la conectividad, la innovación y la transformación económica.

– Si las políticas de transición se diseñan de manera coherente en todos los sectores, teniendo en cuenta tanto los intereses de los países socios como las consideraciones sociales, el libre comercio, el emprendimiento y las políticas beneficiosas para el desarrollo empresarial, estas transiciones tienen la capacidad de generar empleo formal, digno y de alta calidad con un elevado valor añadido, así como de promover la igualdad, la inclusión social y la erradicación de la pobreza.

 

Otras conclusiones del Consejo Europeo 

– Los crecientes niveles de pobreza y desigualdad en el interior de los países y entre ellos suponen una amenaza para el desarrollo sostenible, según las conclusiones del Consejo Europeo. Para ello, debe reforzarse y promoverse una agenda social sólida y positiva en cooperación con los países socios.

– En este contexto, se destaca el modo en que las transiciones social, ecológica y digital reflejan los valores de la UE, tienen por objeto reforzar la autonomía de los países socios y aportan valor añadido a las asociaciones con la Unión Europea.

– Reforzar la cohesión social y facilitar el acceso a los servicios sociales básicos y a la protección social reduce la pobreza y las desigualdades y puede promover nuevos contratos sociales y la inclusión social a escala mundial.

– Se reitera la firme determinación de la UE de apoyar el empoderamiento de la sociedad civil, incluidos los movimientos y las organizaciones de defensa de los derechos de la mujer, las organizaciones que defienden los derechos de la infancia y de las personas con discapacidad, los defensores de los derechos humanos y los interlocutores sociales, así como un entorno propicio y accesible para la sociedad civil.

– Se destaca la importancia del programa relativo a la eficacia de las actividades de desarrollo y pone de relieve que las transiciones social, ecológica y digital requieren una importante movilización de recursos financieros, también a través de Global Gateway.

 

 

23/11/23 (EfeVerde): La CE pide crear un sistema europeo de vigilancia e intercambio de datos sobre bosques

 

La Comisión Europea (CE) ha propuesto el 22 de noviembre, crear un sistema europeo de vigilancia de bosques que cubra las “lagunas” de información sobre su estado y genere una “amplia base de conocimiento” sobre su estado que permita a las autoridades nacionales y propietarios privados responder a amenazas como la deforestación, incendios o plagas.

La normativa, que debe ser negociada ahora por el Parlamento Europeo y los Estados miembros, establecerá una vez aprobada un sistema de mapas y vigilancia de unidades forestales, así como un marco de recolección de datos que combinará información estandarizada de la Comisión Europea a través del programa de satélites Copérnico con datos procedentes de los inventarios forestales nacionales. Por otro lado, creará un marco para compartir datos sobre bosques que sea pública, también dentro del Sistema de Información de Bosques para Europa (FESI, en inglés).

Bruselas argumenta que los bosques europeos están bajo un peligro “creciente” que deriva del cambio climático y del impacto directo o indirecto de la actividad humana, a lo que se suman incendios, plagas y otros desastres naturales que “no se detienen con las fronteras naturales” y que “probablemente sean más frecuentes e intensos”.

La propuesta legislativa coincide precisamente con la publicación de un informe de la misma Comisión sobre incendios forestales que recoge que en 2022 se quemaron casi 900.000 hectáreas de la UE, que equivale aproximadamente al tamaño de la isla francesa de Córcega.

Además, los servicios comunitarios han constatado que el aumento de las temperaturas en 32 especies de árboles para el año 2100 hará perder a la masa forestal europea el 27 % de su valor, pero creen que una intervención “estratégica e informada” desde hoy “hará reducir esta reducción”.

El problema es que la información disponible sobre el estado de los bosques de la UE está “fragmentada” y los datos sobre su valor medioambiental, social y económico o las amenazas a las que se enfrentan son “heterogéneos e incoherentes”, a lo que hay que sumar que llegan con “retrasos significativos”, según explica el Ejecutivo comunitario.

Bruselas defiende que el nuevo marco ofrecerá a las autoridades nacionales datos y conocimientos “más precisos” para la toma de decisiones y la adopción de políticas forestales, al tiempo que “contribuirá a crear una gobernanza forestal integrada” que aliente la cooperación entre países e incentive la elaboración de planes a largo plazo.

La institución europea remarca que esta normativa “no introduce nuevos requisitos” para empresas o propietarios forestales, a los que, en cambio, ayudará a “comercializar los servicios ecosistémicos” de sus bosques, por ejemplo como unidades de absorción de dióxido de carbono (CO2).

También generará “nuevas oportunidades de negocio que proporcionen ingresos adicionales” al sector privado, a juicio de la Comisión, que pone el ejemplo de un “nuevo mercado para los proveedores de servicios de vigilancia digital” en el que se incluyen “un elevado número de pymes y empresas emergentes innovadoras”.

 

 

22/11/23 (Residuos profesional): Acuerdo del Consejo de la UE y el Parlamento Europeo sobre la gestión de residuos electrónicos

 

Los negociadores del Consejo de la Unión Europea y del Parlamento Europeo alcanzaron ayer un acuerdo político provisional sobre las modificaciones propuestas de la legislación de la UE en materia de recogida y gestión de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, que incluye una serie de productos como ordenadores, frigoríficos y paneles fotovoltaicos.

Las modificaciones pretenden adaptar la Directiva sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE) a una sentencia del Tribunal de Justicia de la UE sobre la aplicación retroactiva injustificada de la responsabilidad ampliada del productor a los residuos de paneles fotovoltaicos comercializados entre el 13 de agosto de 2005 y el 13 de agosto de 2012.

Enmiendas a la directiva acordadas por el Consejo y el Parlamento. El acuerdo provisional alcanzado por los colegisladores respalda el contenido de la propuesta inicial de la Comisión y aclara aún más los vínculos con las disposiciones pertinentes de la Directiva marco sobre residuos. Las modificaciones propuestas aclaran que:

– Los costes de la gestión y eliminación de los residuos de paneles fotovoltaicos comercializados después del 13 de agosto de 2012 recaen en el productor del AEE.

– La responsabilidad ampliada del productor de los AEE que se añadieron al ámbito de aplicación de la directiva en 2018 debe aplicarse a aquellos productos electrónicos que se comercializaron después de esa fecha.

 

 

17/11/23 (UE): La Comisión Europea propone retrasar el segundo grupo de normas europeas de información sobre sostenibilidad

– La propuesta se refiere a las normas sectoriales y a las aplicables a empresas de otros países, que se retrasarían de 2024 a 2026

– La Comisión propone un aplazamiento de dos años para la publicación de las ESRS sectoriales y las aplicables a terceros países.

– Además, la Comisión Europea ha aprobado una revisión de la normativa contable por la que se modifican los umbrales de las categorías de empresas en función de su tamaño.

 

Como parte de la presentación de su programa de trabajo para el año 2024, la Comisión Europa ha dado a conocer la propuesta para retrasar la elaboración de algunas de las Normas Europeas de Información sobre Sostenibilidad (NEIS o ESRS, por sus siglas inglesas).

Esta propuesta de retraso afecta a las normas europeas específicas por sector y a las aplicables a empresas de otros países que estén sujetas a la directiva de divulgación de información corporativa sobre sostenibilidad (CSRD, por sus siglas inglesas).

La Comisión publicó, en julio de 2023, un primer conjunto de normas europeas de información sobre sostenibilidad, aplicables a las empresas sujetas con independencia del sector de actividad en el que operen (conocidos, por esta razón, como NEIS o ESRS agnósticas, o como NEIS 1 o ESRS 1).  Según recuerdan desde finReg360, está previsto que estas primeras normas de información se publiquen próximamente en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) y que se apliquen a las grandes empresas de la Unión Europea (UE) a partir de enero de 2024.

“Para aliviar la presión regulatoria de las empresas sujetas a la directiva y que estas puedan centrar sus esfuerzos en la implementación de las normas agnósticas, la Comisión propone un aplazamiento de dos años para la publicación de las ESRS sectoriales y las aplicables a terceros países. Por tanto, el plazo para publicar este segundo grupo de normas europeas finalizaría el 30 de junio de 2026 en lugar del 30 de junio de 2024”, apuntan.

Además, la Comisión Europea ha aprobado una revisión de la normativa contable por la que se modifican los umbrales de las categorías de empresas en función de su tamaño. Sobre esta novedad, los expertos de finReg360 destaca que, en particular, se incrementan los umbrales del total de balance y del volumen de negocios neto para considerar qué se entiende por microempresa y por pequeña y mediana empresa (pyme).

“Se trata de una modificación relevante, puesto que dará lugar a que las microempresas y las pymes no queden sujetas a muchas de las disposiciones de la UE sobre información financiera y sobre sostenibilidad aplicables a las grandes empresas”, añaden.

Si no objetan nada el Parlamento Europeo ni el Consejo, el cambio normativo entrará en vigor y será aplicable desde enero de 2024.

 

 

17/11/23 (EFRAG): EFRAG publica el primer borrador de ESRS voluntario para pequeñas y medianas empresas

 

El objetivo de esta Norma es apoyar a las microempresas y a las pequeñas y medianas empresas para que puedan contribuir a una economía más sostenible e integradora; mejorar su gestión de los problemas de sostenibilidad a los que se enfrentan, es decir, los retos medioambientales y sociales, como la contaminación, la salud y la seguridad de los trabajadores.

Esto contribuirá a corto, medio y largo plazo a proporcionar información que contribuya a satisfacer la demanda de datos de prestamistas, proveedores de crédito e inversores, ayudando así a las empresas a acceder a la financiación y proporcionar información que ayude a satisfacer las necesidades de demanda de datos de las grandes empresas que solicitan información sobre sostenibilidad a sus proveedores.

Esta Norma es voluntaria y se aplica a las empresas cuyos valores no estén admitidos a cotización en un mercado regulado de la Unión Europea (no cotizados).

 

 

17/11/23 (UE): Emisiones de CO2 de vehículos pesados (camiones y tractores): procedimiento de verificación

 

Las autoridades de homologación y los fabricantes de vehículos deben garantizar que las emisiones de CO2 registradas en la documentación del vehículo (por ejemplo, el certificado de conformidad o el certificado de homologación individual) correspondan a los resultados de los ensayos de dicho vehículo.

Esta iniciativa establece los criterios de los procedimientos para comprobarlo, a través de la «verificación en servicio». Estos procedimientos deben permitir detectar cualquier estrategia utilizada para mejorar artificialmente el comportamiento en materia de emisiones de CO2 o de consumo de combustible de los vehículos en el ensayo de homologación de tipo.

 

Periodo de la consulta: 17/11/23 – 15/12/23

 

 

17/11/23 (EfeVerde): La UE cierra un acuerdo para reducir los envíos de residuos a terceros países

 

El Consejo de la UE, que representa a los Estados miembros, y la Eurocámara, han cerrado un acuerdo político para reducir los envíos de residuos fuera de la Unión Europea y aumentar los regímenes de control para garantizar que no representen una amenaza para la salud humana y el medio ambiente.

El pacto, que tendrá que ser validado tanto por el Consejo como por el pleno del Parlamento Europeo, cubre los envíos de residuos dentro de la UE (con o sin tránsito a través de terceros países), así como los residuos importados y exportados desde y hacia terceros países, y también los envíos de residuos en tránsito a través de la UE hacia o desde terceros países, informó el Consejo.

En concreto, el pacto prohíbe enviar fuera de la UE todos los deshechos destinados a su eliminación dentro del territorio comunicado, salvo excepciones justificadas y autorizadas, así como en los casos de residuos “destinados explícitamente a análisis y experimentos de laboratorio si no superan los 250 kilos”.

El acuerdo detalla los plazos para los procedimientos y notificaciones, así como para las respuestas de las autoridades competentes.

La información, que gestionará la Comisión Europea, será pública y cuando excepcionalmente se autorice el envío de residuos peligrosos a terceros países fuera de la UE o de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), las instalaciones que se ocupen de esa basura en el lugar de destino tendrán que ser auditadas por organismos independientes.

Los Estados miembros deberán aplicar “sanciones efectivas, proporcionadas y disuasorias en caso de infracción”, que podrán incluir multas y la suspensión de las autorizaciones para trasladar residuos.

 

 

16/11/23 (UE): Proveedores terceros esenciales de servicios de TIC: criterios y tasas

 

Las normas de la UE sobre la resiliencia operativa digital del sector financiero [Reglamento (UE) 2022/2554] tienen por objeto proteger al sector bancario de la UE de los riesgos relacionados con el uso de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC).

Esta iniciativa respalda el Reglamento (UE) n.º 2022/2554, ya que especifica determinados criterios y tasas relativos a los proveedores terceros esenciales de servicios de TIC.

 

Periodo de la consulta: 17/11/23 – 14/12/23

Adopción por la Comisión: Segundo trimestre 2024

 

 

15/11/23 (ResiduosProfesional): Acuerdo europeo para garantizar el suministro de materias primas críticas

 

El Parlamento Europeo y la Presidencia española del Consejo de la UE acordaron el lunes planes para impulsar el suministro de materias primas estratégicas. La Ley de Materias Primas Críticas pretende que la UE sea más competitiva y soberana. Su objetivo es reducir la burocracia, fomentar la innovación en toda la cadena de valor, apoyar a las pymes e impulsar la investigación y el desarrollo de materiales alternativos y métodos de extracción y producción más respetuosos con el medio ambiente.

La legislación establecerá incentivos económicos y un marco empresarial más estable y seguro para la implantación de proyectos de minería y reciclado, con procedimientos de autorización más rápidos y sencillos.

Durante las negociaciones, los eurodiputados destacaron la importancia de asegurar asociaciones estratégicas entre la UE y terceros países en materias primas críticas, con el fin de diversificar el suministro, con beneficios para todas las partes. Aseguraron medidas para allanar el camino a asociaciones a largo plazo con transferencia de conocimiento y tecnología, formación y capacitación para nuevos puestos de trabajo con mejores condiciones laborales y de ingresos, así como extracción y procesamiento con los mejores estándares ecológicos en los países socios.

Los eurodiputados también presionaron para que se prestara más atención a la investigación y la innovación en relación con materiales sustitutivos y procesos de producción que pudieran reemplazar a las materias primas en tecnologías estratégicas. Garantizaron el establecimiento de objetivos de circularidad para fomentar la extracción de más materias primas estratégicas a partir de residuos. Los eurodiputados también insisten en la necesidad de reducir la burocracia para las empresas, en particular las pymes.

El acuerdo informal debe ser aprobado por el Parlamento y el Consejo para convertirse en ley. Se someterá a votación en la comisión de Industria, Investigación y Energía el 7 de diciembre.

 

 

15/11/23 (El mundo): El TC alemán aborta el intento del Gobierno de usar los créditos para la COVID-19 en la lucha contra el cambio climático

 

El Tribunal Constitucional alemán ha echado por tierra los planes del Gobierno del canciller Olaf Scholz destinar los 60.000 millones de euros en préstamos acordados en su momento para superar la crisis de coronavirus a un fondo para la lucha contra el clima. “La enmienda al presupuesto suplementario de 2021 es inconstitucional” sentencioó el miércoles en Karlsruhe el máximo tribunal alemán en una decisión considerada histórica. Según la presidenta del tribunal del Segundo Senado, Doris König, la cuestión de fondo es la eficacia del freno a la deuda recogida en la Carta Magna.

La decisión judicial “reduce retroactivamente los recursos financieros disponibles para el Fondo para el Clima y la Transformación en 60.000 millones de euros”, explicó el tribunal. “En la medida en que las obligaciones ya contraídas previsiblemente ya no puedan cumplirse debido a la reducción de 60.000 millones de euros en el tamaño del fondo, esto debe ser compensado en otra parte por el legislador presupuestario”.

 

 

14/11/23 (UE): Programa para el Mercado Único: evaluación intermedia

 

El Programa para el Mercado Único contribuye a que el mercado único desarrolle todo su potencial y garantice que Europa se recupera de la pandemia de COVID-19. El Programa financia actividades, entre otras sobre el mercado interior y la vigilancia del mercado, la normalización, las pymes, la protección de los consumidores, la seguridad alimentaria y las estadísticas europeas, aportando un paquete integrado para apoyar y reforzar el mercado único, con un presupuesto de 4 200 millones de euros para el período 2021-2027.

Esta iniciativa evaluará el rendimiento del Programa durante el período 2021-2023.

 

Periodo de la consulta: 13/11/23 – 12/12/23

Adopción por la Comisión: Cuarto trimestre 2024

 

 

13/11/23 (UE): Proteger el fondo marino contra los arrastres de fondo utilizados por los buques de pesca: evaluación

 

En 2010, la Comisión presentó un informe al Parlamento Europeo y al Consejo sobre la aplicación del Reglamento (CE) n.º 734/2008 del Consejo, relativo a la protección de los ecosistemas marinos vulnerables contra los efectos adversos de la utilización de artes de fondo.

Sugirió que se modificara el Reglamento, pero la modificación se aplazó a la espera de la revisión de las medidas relativas a la pesca de fondo en las Naciones Unidas en noviembre de 2016.

La evaluación valorará los resultados de dicho Reglamento a fin de proporcionar la base de datos contrastados necesarios para un seguimiento posterior.

 

Periodo de la consulta: 13/11/23 – 05/02/24

Versión definitiva prevista: Primer trimestre 2024

 

 

13/11/23 (UE): Cuerpo Europeo de Solidaridad: evaluación de los programas actuales y anteriores

 

El Cuerpo Europeo de Solidaridad es el programa de la UE que permite a los jóvenes participar en proyectos que benefician a comunidades, a menudo a través del voluntariado, ya sea en el extranjero o en su propio país.

Esta iniciativa está destinada a evaluar los programas actuales y anteriores de aquí al 31 de diciembre de 2024:

– una evaluación intermedia del programa de 2021-2027;

– una evaluación final del programa de 2018-2020.

El objetivo es evaluar, teniendo en cuenta también las medidas de inclusión que se han introducido, si el Cuerpo Europeo de Solidaridad funciona según lo previsto.

 

Periodo de la consulta: 13/11/23 – 09/01/24

Adopción por la Comisión: Cuarto trimestre 2024

 

 

07/11/23 (UE): Transporte sostenible: revisión de la Directiva de transporte combinado

 

La Directiva de transporte combinado respalda la transición del transporte de mercancías por carretera a modos de transporte con emisiones más bajas, como las vías navegables interiores, el transporte marítimo y el ferrocarril.

A la luz de los llamamientos del Pacto Verde Europeo en favor de una mayor ambición y de la necesidad de aplicar los principios de «quien contamina paga» y «el usuario paga», esta iniciativa revisará:

– qué operaciones de transporte deben respaldarse

– qué medidas de apoyo serían más eficaces a este respecto.

 

Periodo de la consulta: 07/11/23 – 05/02/24

Adopción por la Comisión: Cuarto trimestre 2024

 

 

06/11/23 (UE): Importaciones de productos ecológicos: países no pertenecientes a la UE y organismos de control reconocidos (actualización de las listas)

 

La UE importa productos ecológicos de una lista de países no pertenecientes a la UE y de una lista de autoridades y organismos de control reconocidos a efectos de equivalencia en virtud del Reglamento (CE) n.º 834/2007 del Consejo.

Esta iniciativa tiene por objeto actualizar la información contenida en dichas listas.

 

Periodo de la consulta: 06/11/23 – 23/11/23

Adopción por la Comisión: Cuarto trimestre 2023

 

 

 

NOVEDADES A NIVEL NACIONAL

 

28/12/23 (EY): Prórroga de diversas medidas tributarias y otras modificaciones de carácter fiscal aprobadas mediante el Real Decreto-ley 8/2023 y mediante el Real Decreto 1171/2023

 

El pasado 28 de diciembre, se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, por el que se adoptan medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía, y el Real Decreto 1171/2023, de 27 de diciembre, por el que se modifican el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado por el Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre; el Reglamento de los Impuestos Especiales, aprobado por el Real Decreto 1165/1995, de 7 de julio, y el Reglamento de procedimientos amistosos en materia de imposición directa, aprobado por el Real Decreto 1794/2008, de 3 de noviembre.

Se trata de dos textos muy extensos, especialmente el primero, en los que se prorrogan determinadas medidas tributarias que han venido siendo aprobadas en los últimos años para tratar de atender las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía, con medidas especialmente relevantes en relación con el Impuesto sobre el Valor Añadido y en materia de tributación energética. Asimismo, en el propio Real Decreto-ley 8/2023, se prorroga ‘sine die’ la aplicación del Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas, prorroga a 2024 los gravámenes temporales energético y de entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito, y se adoptan otra serie de medidas tendentes a fomentar las inversiones en sistemas de producción o consumo de energía procedente de fuentes renovables, cuestión esta última que se desarrolla en otra Alerta de EY que puede visualizarse en el siguiente enlace.

 

 

21/12/23 (AEfr): El Consejo de Ministros aprueba el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, que modifica la ley del mecenazgo vigente desde hace más de 21 años

 

El 19 de diciembre de 2023, el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto-ley por el que se adoptan medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), incluyendo una modificación de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, que permitirá cumplir con un hito del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, relativo a la ‘Entrada en vigor del Estatuto del Artista, fomento del mecenazgo y régimen de incentivos fiscales’.

La modificación de la Ley de Mecenazgo contempla la mejora de su régimen de incentivos fiscales, con el fin de crear un marco jurídico, fiscal y laboral adecuado para el sector de la cultura y otros, que permita mejorar la protección social de los distintos agentes y aumentar la participación de inversores.

El objetivo es fomentar el mecenazgo en todos los sectores económicos. Se pretende potenciar figuras como el micromecenazgo o la donación continuada y aumentar la participación de inversiones privadas. En concreto, con los cambios introducidos se incrementan los incentivos fiscales al mecenazgo, tanto si es efectuado por personas físicas, como por personas jurídicas o por no residentes.

 

IRPF Hasta 250€ (antes, 150€) Donativos por encima de 250€ Donativos por encima de 250€ con recurrencia
80€ 40% (antes, 35%) 45% (antes, 40%)
IMPUESTO DE SOCIEDADES 40€ (antes, 35%) 50% para donativos recurrentes de igual importe o superior (antes 40%)

 

Por una parte se estimula el micro mecenazgo y se incrementan los porcentajes de deducción: en el caso de personas físicas, se eleva de 150€ a 250€ la base sobre la que se puede deducir el 80% de la donación del IRPF y por el resto habrá un 40% de deducción (en lugar del 35% vigente).

En el caso de personas jurídicas, las deducciones en el impuesto sobre sociedades también pasan del 35 al 40%. En ambos casos, para premiar el mecenazgo sostenido, la deducción aumenta al 45% en el caso de personas físicas y al 50% para las personas jurídicas (ambos ahora al 40%) si, en los dos años anteriores, se ha realizado la donación a la misma entidad al menos por el mismo importe

Se amplía el concepto de convenio de colaboración incluyendo de forma expresa las aportaciones en especie incluida la prestación gratuita de servicios. Además. el colaborador podrá difundir esta colaboración.

 

 

18/12/23 (CNMV): A consulta pública la modificación de la Guía Técnica de las comisiones de Auditoría

 

La Comisión Nacional del Mercado de Valores pone a consulta pública una actualización de la Guía Técnica sobre Comisiones de Auditoría de Entidades de Interés Público, cuya primera versión data de 2017.  El objetivo de esta guía técnica es contribuir al buen funcionamiento de estas comisiones de auditoría en las entidades de interés público (EIP), haciendo énfasis especial en las sociedades cotizadas.

El elemento esencial de esta actualización es el tratamiento de la información sobre sostenibilidad y sus riesgos asociados, que no se abordaban de una manera expresa en la guía de 2017.  Se adaptarán así las directrices de la guía a la realidad normativa actual y a la práctica de las empresas.

Estos cambios afectan a las funciones que tienen que desempeñar los órganos de gobierno de las sociedades, incluyendo, en particular, a los nuevos roles de las comisiones de auditoría, que tienen que ampliar y desarrollar sus mecanismos de supervisión y control para adaptarse a las nuevas exigencias de aprobación y transparencia de la información sobre sostenibilidad.

Así, entre otras funciones, la Directiva CSRD de sostenibilidad, y su proyecto de ley de implementación en España, encomiendan a las comisiones de auditoría la obligación de informar a la Junta General del resultado de la verificación de la información sobre sostenibilidad. También se le pide, y explicar cómo ha contribuido la verificación a la integridad de esta información y cuál ha sido el papel de dicha comisión en ese proceso.

Asimismo, en 2019, IOSCO aprobó un documento de buenas prácticas sobre el rol de las comisiones de auditoría en la promoción de la calidad de las auditorías de cuentas, que aporta algunas recomendaciones que se ha considerado oportuno incorporar a la Guía.

Por otra parte, la Ley 5/2021 por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, introdujo una regulación específica para las operaciones que las sociedades cotizadas lleven a cabo con partes vinculadas. En este proceso, las comisiones de auditoría desempeñan una función de enorme relevancia para que los accionistas y el resto de los inversores puedan evaluar juzgar adecuadamente las condiciones de la operación, así como los riesgos que estas transacciones puedan representar.

En este sentido, conviene recordar que, con fecha de 15 de noviembre de 2021, la CNMV publicó el documento de “Preguntas y respuestas sobre el régimen de comunicación de operaciones vinculadas, reguladas en el Capítulo VII bis del Título XIV de la Ley de Sociedades de Capital”, en el que también se aportan aclaraciones sobre la información relevante de determinadas operaciones vinculadas en función de su tipología y circunstancias.

Asimismo, esta guía, en materia de formato y estilo, inaugura un nuevo estándar de guías técnicas de la CNMV, con la utilización de un leguaje menos prescriptivo, el uso de tablas de definiciones y una identificación clara de cuáles son las prácticas que se recomiendan, para incrementar su utilidad para sus destinatarios.

El contenido del Proyecto de Guía Técnica se puede consultar en este enlace (ver). link.

 

Plazo máximo para enviar comentarios: 18 de marzo de 2023

Dirección dirección de la CNMV: Mercados.RGTCA@cnmv.es

 

  

NOVEDADES A NIVEL AUTONÓMICO

 

 

01/12/23 (Corresponsables): Nace el Observatorio de la Sostenibilidad en Aragón

 

La Universidad San Jorge CEOE Aragón han presentado hoy el Observatorio de la Sostenibilidad en Aragón, una iniciativa del Máster en Dirección y Gestión de Empresas de la USJ que nace para responder a las necesidades de las empresas en materia de transformación digital, innovación, internacionalización y sostenibilidad.

Este Observatorio tiene una doble vertiente: por un lado, estudiar y recopilar los datos en materia de Sostenibilidad obtenidos de las empresas y, por otro lado, divulgar y difundir esta información con el objetivo de proponer perspectivas en materia de sostenibilidad. Para ello, se abordarán, a lo largo de los sucesivos semestres, materias como la huella de carbono, el uso de materiales sostenibles, el reciclado, el impacto de las energías renovables, la despoblación, la desertificación, efectos del cambio climático, entre otros.

 

 

01/12/23 (MITECO): El MITECO concede 85 millones a 51 proyectos de renovables y almacenamiento en Canarias

 

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) ha asignado, a través del Instituto para la Diversificación y el Ahorro de la Energía (IDAE), 84,86 millones de euros del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) a 51 proyectos de generación eléctrica renovable en las islas Canarias. El Programa de apoyo pone especial énfasis en las iniciativas vinculadas al almacenamiento energético y la seguridad de la red y se subvencionan también instalaciones con producción de hidrógeno renovable. La resolución correspondiente puede consultarse aquí.

Los proyectos seleccionados ampliarán la capacidad de almacenamiento en el archipiélago en 186 megavatios hora (MWh), la potencia instalada renovable en 92,4 MW y la de producción de hidrógeno verde en otros 6 MW. De las 51 propuestas adjudicatarias, 30 se encuentran en Gran Canaria y el resto en Fuerteventura (11), Tenerife (8) y La Gomera (2).

El almacenamiento, clave en la transición energética. Los proyectos seleccionados apuestan especialmente por la incorporación de sistemas de almacenamiento, ya sea en instalaciones existentes, repotenciadas o renovadas tecnológicamente, o nuevas instalaciones de generación renovable.

Dadas las características de las islas, su condición de redes aisladas permite evaluar y demostrar el potencial del almacenamiento como eje de integración de las energías renovables para alcanzar un sistema 100% descarbonizado.

Complementariamente, estas ayudas buscan impulsar el despliegue de instalaciones fotovoltaicas en superficies antropizadas y la producción de hidrógeno verde.

Además de valorar la innovación y los factores económicos, a la hora de conceder las ayudas también se han tenido en cuenta otros criterios, tales como la participación ciudadana, las medidas de renovación medioambiental que protegen los ecosistemas, el impacto social y de género y el impacto industrial y económico en el territorio.

Estas ayudas, incluidas dentro de la Componente 7, Inversión 2 Energía Sostenible en las Islas, del PRTR, cubrirán entre un 40% y un 75% de la inversión realizada.

Singularidad insular. Las singularidades de los sistemas eléctricos en territorios no peninsulares, derivadas de su carácter aislado y su reducido tamaño, dificultan la integración de la producción eléctrica a partir de fuentes de energía renovables. La demanda eléctrica en las islas se cubre mayoritariamente con tecnologías térmicas de origen fósil, siendo la participación de las fuentes renovables aún modesta.

Por esta razón, dentro del componente 7 del PRTR –Despliegue e integración de las energías renovables– se define una inversión concreta, la C7.I2 –Energía Sostenible en las islas– que marca como hito clave el desarrollo de las energías limpias en estos territorios, con presupuesto específico para proyectos de integración de energías renovables en los sistemas insulares para impulsar la potencia firme y la seguridad de suministro, al tiempo que se reduce la dependencia de los combustibles fósiles y sus correspondientes sobrecostes energéticos.

  

 

HERRAMIENTAS Y RECURSOS PARA LA LOCALIZACIÓN DE LEYES Y DIRECTIVAS

 

ASEGRE: Punto de información nacional sobre nuevas obligaciones del productor de residuos. Obligaciones del productor de residuos.

 

CNMV: Normativa europea y nacional en materia de Gobierno Corporativo (ver)

 

EY: Recopilatorio regulatorio en materia ASG

(2021 junio – 2022 junio): Sostenibilidad – El Tsunami regulatorio que viene II

(2021 abril): Sostenibilidad – El Tsunami regulatorio que viene I

 

Pacto Mundial: La red española del Pacto Mundial ha lanzado un buscador para que las empresas estén al día de todas las normativas sobre información no financiera, medioambiente, derechos humanos y sociales y buen gobierno. Buscador de leyes y directivas en materias ASG

 

Sustaibanility Fitch ha publicado un cuadro de excel en el que se puede encontrar una comparativa de la legislación en materia ASG a a nivel mundial. ESG Regulation Trackaer

 

UE: La UE ha creado una herramienta para que, de una manera muy visual, puedas mantenerte informado de las prioridades y trabajos legislativos del Parlamento, entre los que se encuentras numerosas iniciativas en materia ASG. Consulta el Legislative Train Schedule

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